![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
|
|
#1
|
||||
|
||||
|
Es interesante que en otros países si multan (o eso he oído) por no llevar bandera de cortesía. Creo que es el caso de Marruecos, por ejemplo.
Enviado desde mi Redmi 4X mediante Tapatalk
__________________
"Allá muevan feroz guerra ciegos reyes por un palmo más de tierra, que yo tengo aquí por mío cuanto abarca el mar bravío, a quien nadie impuso leyes" Descubre mis vídeos de náutica en español
|
|
#2
|
||||
|
||||
|
Ley de navegación marítima 14/2014, articulo 22
Artículo 22. Exhibición del pabellón y submarinos. 1. Los buques que naveguen por los espacios marítimos españoles deberán estar abanderados en un solo Estado y llevar marcado su nombre y puerto de matrícula. Llevarán asimismo izado su pabellón en lugar bien visible cuando naveguen por las aguas interiores marítimas o se hallen surtos en puerto o terminal nacional. 2. Los buques extranjeros, salvo los de guerra, enarbolarán, junto al suyo, el pabellón español, conforme a los usos marítimos internacionales Por cierto , en el artículo 6 de la misma ley dice: 2. Salvo previsión expresa en contrario, se entenderá que dichas normas se aplican también a las embarcaciones. Y la bandera del escudo , solo para buques del estado |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a hma | ||
OliverdelaRosa (31-05-2021) | ||
![]() |
Ver todos los foros en uno |
| Herramientas | |
| Estilo | |
|
|