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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#3
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Yo creo que cualquier carta debería de servir, siempre que sea una carta náutica.
Según RD339: Artículo 12. Material náutico. 2. El material náutico de las embarcaciones deberá reunir los siguientes requisitos: apartado C) Cartas náuticas. Se llevarán las cartas actualizadas que cubran los mares por los que se navegue y los portulanos de los puertos que se utilicen, así como los útiles necesarios para su uso. Por lo que primero no especifica nada en concreto sobre la carta náutica. Y segundo tengo serias dudas si las cartas digitales no puedan servir, ya que tampoco especifica que sean en papel sino: .... así como los útiles necesarios para su uso. Cualquier app de cartas digitales cumple con esta afirmación al igual que un plotter etc. No sé, a veces nos ponemos en la peor situación conociendo a la DGMM. |
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