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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Las cartas en papel las actualizo yo mismo descargando los avisos a navegantes del internete... y no uso las del IHM porque son complicadas de conseguir, de guardar y no me caben abiertas sobre la mesa del barco.
¿Cómo se actualizan las cartas digitales, tipo cartucho? No me veo llevándolas cada X semanas a un comercio especializado para actualizar. Editado por Dorf en 21-06-2021 a las 23:32. |
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#2
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Cita:
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#3
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incluso los buques mercantes (la gran mayoría) ya no utilizan cartas náuticas de papel. Utilizan cartas electrónicas en ECDIS.
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#4
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Cita:
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* Contra la aplicación de normas abusivas a las embarcaciones de recreo. * Por una legislación específica para la náutica deportiva diferenciada de la Marina Mercante. * No a las sanciones desmesuradas y desproporcionadas. http://paom.es/ Únete a nosotros. |
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#5
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Y los que llevamos doble plotter ??? también se van a fastidiar los dos plotters a la vez?? el año pasado se me estropeó un plotter pero vamos que con el otro volví a las mil maravillas con el piloto automático puesto.
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#6
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Cita:
Es mas,¿como le puedes exigir a un Español con un barco Sueco que lleve una carta en Castellano? ¿O a un Frances residente en Alicante con barco frances? La Constitucion española dice; Artículo 3.1.El castellano es la lengua española oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla.2.Las demás lenguas españolas serán también oficiales en las respectivas Comunidades Autónomas de acuerdo con sus Estatutos En ningun sitio dice que tenemos la obligacion de utilizarla, menos aun si no eres Español, como es el caso de los miles de ciudadanos extranjeros que residen aqui. Por lo tanto, entiendo que una carta nautica de la marca NAVICARTE (por ejemplo) es perfectamente legal, ademas de infinitamente mas practica y economica que los papiros esos del IHM.
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. Slava Ukrayini!.
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#7
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Este parrafo es muy bueno;
Artículo 9.1.Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico. 2.Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impi-dan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. 3.La Constitución garantiza el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la irretroactividad de las dis-posiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad y la interdic-ción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
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. Slava Ukrayini!.
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#8
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Cita:
Eso es lo razonable, pero me temo que hace mucho tiempo que los políticos y las administraciones dirigidas por ellos, se ciscaron en el estado de derecho y se limpiaron el trasero con esa página; por eso ahora no la encontramos en la vida diaria.![]()
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* Contra la aplicación de normas abusivas a las embarcaciones de recreo. * Por una legislación específica para la náutica deportiva diferenciada de la Marina Mercante. * No a las sanciones desmesuradas y desproporcionadas. http://paom.es/ Únete a nosotros. |
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#9
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Cita:
Bueno hombre... sin saber francés yo también puedo llevar una Navicarte y guiarme con ella. No creo que el problema sea el idioma de la organización que la emite ni mucho menos, más que nada porque las cartas no se leen :-) |
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