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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Y alguien me ilumina con el tema del iva? Hace tiempo leí un post que derivaba a una publicación de Facebook con la intervención de la GC y creo que hablaban, entre otras cosas, de que había que acreditar el pago del iva de una embarcación con pabellón extranjero.
Me parece un poco complicado acreditar el pago del iva de una embarcación que compras en un país de la UE que ha tenida 3 o 4 dueños antes... Aunque me imagino que no lo anden pidiendo, porque sino ya lo habría leído por aquí. ![]() ![]() ![]() |
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#2
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Las cosas de impuestos caducan a los 4 años, tanto si lo debes tú a Hacienda, como si es Hacienda quien te debe a ti.
Al funcionario que te pida un justificante del IVA de hace 20 años, pídele tú su justificante del pago del IVA del banquete de boda de hace 20 años y listo. Y si el barco fue español y la capitanía te concedió la baja, es porque todo estaba en orden.
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. Slava Ukrayini!.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a markuay | ||
Luis_pm (09-08-2021) | ||
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#3
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Muy buen punto de vista!
Gracias!! ![]() ![]() ![]() |
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