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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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en el grupo de facebook de PPER compartieron lo que se elimina en relación a la anterior convocatoria:
“VARIACIONES” para la convocatoria abril 2022 (sobre el temario de la anterior convocatoria sábado 16 de octubre de 2021) TEMA 1 (contenido suprimido detallado a continuación) Artículos: 312 (Multas y sanciones accesorias) 315 (Competencia) 316 (Indemnización por daños y perjuicios) 317 (Procedimiento) 318 (Medidas para garantizar el cobro) TEMA 2 Ninguna supresión (entra todo lo de la anterior convocatoria) TEMA 3 Ninguna supresión (entra todo lo de la anterior convocatoria) TEMA 4 Ninguna supresión (entra todo lo de la anterior convocatoria) TEMA 5 Ninguna supresión (entra todo lo de la anterior convocatoria) TEMA 6 Ninguna supresión (entra todo lo de la anterior convocatoria) TEMA 7 Ninguna supresión (entra todo lo de la anterior convocatoria) TEMA 8 Ninguna supresión (entra todo lo de la anterior convocatoria) TEMA 9 Ninguna supresión (entra todo lo de la anterior convocatoria) TEMA 10 Ninguna supresión (entra todo lo de la anterior convocatoria) TEMA 11 Ninguna supresión (entra todo lo de la anterior convocatoria) TEMA 12 Ninguna supresión (entra todo lo de la anterior convocatoria) TEMA 13 (contenido SUPRIMIDO detallado a continuación) Capítulo III (Obligaciones de los fabricantes) Capítulo IV (Representantes autorizados) Capítulo V (Obligaciones de los importadores) Capítulo VI (Obligaciones de los distribuidores) Capítulo VII (Concurrencia de actividades) Capitulo VIII (Importadores privados y agentes económicos) Capítulo IX (Conformidad del producto) Capítulo X (Evaluación de conformidad) Capítulo XI (Organismos notificados) Capítulo XII (Vigilancia del mercado, control de productos y procedimiento de salvaguardia) Capítulo XIII (Régimen sancionador) ANEXO I: Del Apartado B) se suprimen los puntos 2 (Requisitos de emisiones de escape), 3 (Durabilidad) y 4 (Manual de instrucciones) Apartado C (Requisitos especiales para las emisiones sonoras). ANEXO III ANEXO IV ANEXO V ANEXO VI ANEXO VII ANEXO VIII ANEXO IX TEMA 14 Ninguna supresión (entra todo lo de la anterior convocatoria) TEMA 15 Ninguna supresión (entra todo lo de la anterior convocatoria) TEMA 16 Este tema, por fin, ya ha sido delimitado y debido a confusiones en las interpretaciones de pasadas convocatorias, SÓLO DETALLO LO QUE SÍ ENTRA. Sí ENTRA: Código Civil: Capítulo IV Normas de derecho internacional privado: Párrafo 2 del artículo 10 y artículo 11 (Título preliminar); Capítulo III De la forma de celebración del matrimonio, excepto Sección 3.ª (Libro Primero. Título IV); Capítulo IV De la inscripción del matrimonio en el Registro Civil, excepto los artículos 63 y 64 (Libro Primero. Título IV); Capítulo II De la declaración de fallecimiento: artículo 194 (Libro Primero. Título VIII); Capítulo I De los testamentos, excepto Sección 7.ª (Libro tercero. Título III). TEMA 17 Ninguna supresión (entra todo lo de la anterior convocatoria) TEMA 18 Ninguna supresión (entra todo lo de la anterior convocatoria) TEMA 19 Ninguna supresión (entra todo lo de la anterior convocatoria) Este desglose no es ningún tipo de documento oficial, es un apoyo personal altruista para facilitar el estudio del examen, por lo que no existe responsabilidad legal si existiese algún error, interpretación anexa a la resolución actual o modificación de mencionada normativa. |
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#2
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En el Tema 18 que trata del MARPOL sí que hay modificaciones al ultimo programa válido de la resolución de julio del año pasado. Añadieron en esa fecha para el siguiente examen los capítulos primeros de los anexos 1, 2 y 6, (18. Convenio MARPOL: articulado. Anexos IV y V. Capítulo I de los anexos I, II y VI)
y en esta resolución los han quitado, quedando solo los conocimientos generales y los anexos IV y V. (18. Convenio MARPOL: Conocimiento general del articulado. anexo IV: Aguas sucias y el anexo V: Basuras) Así que estamos en este capìtulo como hace año y medio. |
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#3
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Buenas
Tengo una duda acerca de los cursos. Una vez aprobado el teórico, hay fecha límite para hacer los cursos? Éstos se han de renovar cada 5 años, si no se renuevan...la teoría se daría por perdida o por otro lado al cabo de, pongamos 2 años mas (7años), en ese tiempo el título no valdría pero a posteriori solo se tendrían que actualizar los cursos o si no se renuevan se pierde? No se si me he explicado, agradezco de antemano cualquier información. Saludos y mucha suerte a los aspirantes |
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