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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Invitados a una ronda de grog o de ron todas vuecelencias.
![]() A título de curiosidad ... En cuanto a los efectos fiscales, los PY/CY Pro ¿cómo facturan, cómo declaran los ingresos? ¿se han de hacer autónomos?
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Karl_Johan EA-3-HMB |
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#2
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Cita:
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a tony17 | ||
Manila1886 (20-01-2023) | ||
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#3
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Cita:
todo por el Instituto Social de Marina, en regimen especial del mar |
| 2 Cofrades agradecieron a pablitoig este mensaje: | ||
Manila1886 (20-01-2023), tony17 (21-01-2023) | ||
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#4
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Cita:
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#5
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Unos vasos por mi cuenta.
Interesante tema. Una pregunta: ¿ que tramites hay que hacer para tener el titulo "profesional" siendo C.Y.? Y ya de paso si sois tan amables, ¿ donde se pueden obtener/tramitar? |
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#6
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Hola,
Primero tienes que hacer el curso básico de seguridad STCW. Son dos semanitas full time, por cierto muy interesantes. No hay examen, lo haces y te lo dan. Hay varias escuelas profesionales por España que lo imparten. Yo lo hice en Vigo por 450 eur. En otros sitios está a 600 eur. Luego tienes que ir a una capitanía o a la DGMM a que te lo homologuen. Esto con 5 eur y te mandan el diploma internacional. Con este título solicitas en una capitanía o en la DGMM la Libreta Marítima Española, + dos fotos, que cuesta 8 ó 9 eur. Si pides la Internacional cuesta como 48 eur. La diferencia es que con la Inter te puedes embarcar en buques de bandera extranjera. Cuando la tengas, solicitas una revisión médica al ISM (Instituto Social de la Marina). Es gratuita y te hacen un chequeo estupendo. Y ya está.
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MMSI 224433790 |
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#7
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Cita:
me podrias aclarar esa cuestion de los barcos extranjeros, segun tengo entendido siendo C.Y se puede hacer el examen de PPER, o solicitar el C.Y PRO, pero eso creo que es para barcos de bandera española y dentro de los limites de navegacion que marcan las atribuciones, y eso de la libreta internacional ¿ que quiere decir ? con esa libreta y el C.Y PRO o PPER puedes embarcar en barcos extranjeros ? ¿ en calidad de que ?, entiendo que de oficial o capitan del bbuque seguro que nos es, yo siempre he visto que los marinos españoles cuando solicitaban a traves de agencias embarque en banderas extranjeras, se embarcaba solo con el " pasaporte " sin ser C.Y ni P.Y ni nada, se embarcaba de acuerdo al puesto que solicitaban en la agencia, si pedian un capitan por ej, y se era capitan de MM debias de justificarlo con la libreta española pero para efecto de embarque solo con el pasaporte era suficiente bueno lo que me interesa que me explicaras, por favor, es si siendo PPER o C.Y. PRO se puede embarcar de oficial o Capitan en buques extranjeros disculpa la extension de la pregunta, saludos |
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#8
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Hola una pregunta y perdon por mi ignorancia, tengo el Patrón de Yate y estoy pensando en sacarme el Capitán de Yate pero no se si realmente merece la pena para lo que llegaria a utilizarlo, mi intención es tenerlo por si me interesa llevar chárter de 6 personas, no sé si con el Patrón de Yate pro sería suficiente?? Y la diferencia de PY pro y CY pro?? Porque respecto a atribuciones es prácticamente lo mismo no? Que me aconsejáis? un saludo y muchas gracias
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#9
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Cita:
En cuanto a personas, son 6 incluyéndote a ti mismo, por lo que solo puedes llevar a 5. |
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#10
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Las atribuciones de PY y CY Pro, son raquíticas y son las mismas. CY te daría acceso al PPER (con su examen correspondiente), que tiene mayores atribuciones.
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MMSI 224433790 |
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| patrón de charter, patrón de yate pro |
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