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Originalmente publicado por Chus
Tambien estoy en una situación parecida, yo lo que quiero cambiar es la zona de navegación, pense en la bandera polaca , pero me ha dicho un gestor náutico que en lo referente a seguridad hace 2 anos ha salido una ley que dice que un español residente en España que navegue en un barco de otra bandera ,en materia de seguridad ha de cumplir la reglamentación Española, eso se refiere a todo, material de seguridad, zona de navegación personas abordo etc
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Ésto de momento es correcto de la zona 4 hacia la costa. En zonas 1, 2 y 3 rige la legislación de bandera.
Y es hasta cierto punto incompleto, con más precisión, se refiere a armamento conforme a la legislación sobre material de seguridad a bordo. ITB y otros aspectos normativos españoles NO son de aplicación.
En cuanto al número de personas a bordo, al menos en mi caso, la normativa polaca se atuvo a lo que dice el diseño del barco.
