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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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La administración competente, en este caso la capitanía marítima, tiene postestad para delegar las funciones de vigilancia y policía en cualquiera de los CCyFFSS del estado, policía portuaria, GC, Políca Local, o policías autonómicas.
En este caso especialmente, vigilan las infracciones de zonas de navegaciión, invasión de playas, velocidad en determinadas zonas, personas a bordo, titulaciones, usos de chalecos o contaminación. Se realiza esa vigilancia y denuncia por las policías locales desde hace ya muchos años, no es nuevo. Tramitarían la denuncia pertinente a la Capitanía y a través de ellos te llegaría la pertinenente sanción. Por cierto, en una infracción de este tipo da igual el abanderamiento. |
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charlypeter2000 (22-08-2023) | ||
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#2
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Hay muchas policías locales que incluso tienen embarcaciones de lista octava, que por delegación de la correspondiente Capitanía Marítima, tienen potestad, para denunciar,ante ésta, las infracciones que detecten, siendo la Capitanía Marítima, la que tramite el expediente sancionador, si lo cree conveniente, ya que las mismas no tienen medios ni personal, salvo las diferentes policías, para efectuar ésos controles.
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charlypeter2000 (22-08-2023) | ||
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#3
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No sé si está tan claro...
Aquí copio una parte de una noticia y el enlace a la misma completa. "¿Pueden las policías locales controlar fondeos y requerir documentación en el mar? La respuesta que obtiene Gaceta Náutica tras consultar la cuestión con varios abogados expertos en derecho marítimo es que “en principio no”, si bien ninguno se atreve a afirmarlo tajantemente. Las policías municipales son “autoridad” y, por tanto, están facultadas para realizar identificaciones. La cuestión es si ese poder genérico las habilita para invadir competencias que, por ley, corresponden a la Demarcación de Costas, la Conselleria de Medio Ambiente (fondeos) y la Guardia Civil del Mar" https://www.gacetanautica.es/noticia...eles-en-el-mar En mi caso si me piden documentación no me voy a negar a enseñarla, pero si me dicen que tengo que irme de un fondeo en el que estoy correctamente.... ya no lo tengo tan claro. ![]() ![]() |
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Joanet78 (22-08-2023) | ||
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#4
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Yo creo que la participación de la Policía Local junto a Protección Civil, que tiene menos competencias aún, es porque el personal de Protección Civil pone la embarcación y al patrón, la Policía local pone el dron y a su piloto y estos pasan las grabaciones a vista de dron a la Guardia Civil, que es quien debe tramitar la denuncia ante Capitanía. También hace poco, no sé si en la misma intervención, la Policía Local de Sant Josep (los mismos de este artículo que compartes) indicaba que habían colaborado en denunciar a embarcaciones fondeadas incorrectamente (entiendo que con el ancla sobre la posidonia) y a otra navegando en una zona prohibida (que como no sea dentro del balizado, no sé a qué se refieren por navegar en una zona prohibida ya que aunque los islotes de esa zona están protegidos, no hay prohibición sobre la navegación). Tampoco descartes que el que maneja las redes sociales de la policía se haya colgado una medalla por algo que ni conoce.
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#5
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Cita:
Tenemos un hilo en esta taberna sobre este tema: https://foro.latabernadelpuerto.com/...ad.php?t=74097 ![]() |
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#6
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En esto de las aguas manda todo quisque, Costas, ayuntamientos (de ahi sera lo de la policia local, sobre todo las playas que es donde tienen competencia) Agentes portuarios, con sus zonas I y II. Capitania maritima, GC, consejería de pesca. Hacienda que como no pagues la tasa 0 o la lámina de agua te vas a enterar. alguno se me queda, seguro.
Editado por Bernardo II en 22-08-2023 a las 22:10. |
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#7
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Tened en cuenta que cualquiera puede denunciar a cualquiera ante Capitanía. No tiene porqué ser GC.
Al igual que la Policía Nacional puede denunciarte por una infracción de tráfico a la DGT o Ayuntamiento correspondiente. Un saludo. |
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#8
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Puestos a hilar fino: cualquiera puede "denunciar" pero no cualquiera puede SANCIONAR.
Tú puedes DENUNCIAR un robo, un vecino ruidoso o un vehículo que bloquea tu vado, aportando tus datos como denunciante y la denuncia se hace con tu nombre, pero la SANCIÓN la tiene que dictar una autoridad, en razón de una norma o ley vigente previamente al hecho sancionable. En base a eso los "multeros" de zona azul y ciertas gruas subcontratadas extendían denuncia que debía ser ratificada por una autoridad o un agente de la misma ya que ellos no eran autoridad. Después hubo cambios que no hacen al caso. Los radares no ponen multas ni denuncian, solo recogen pruebas y a la vista de las mismas la autoridad decide la sanción ya sea monetaria, carcel, etc. Por todo ello "todo" el mundo puede denunciar, incluso falsamente, pero no todo el mundo puede ORDENARTE con fuerza ejecutiva que te vayas. Ahora, si autorizan y delegan en alguien ese alguien es autoridad igual dentro del nivel que les autoricen y puede ordenar que un vehículo se retire y si no lo hace solicitar grua y denunciar también la negativa (precio aparte a sumar). Etc. etc. Y lo mismo con las embarcaciones. En Barcelona hace muchos años que el control de playas que era del Puerto Autónomo y de la GC y se delegó en Guardia Urbana. ![]() ![]() ![]()
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LSV - BARCO KAU-BÉ. "La información errónea es peor que la ignorancia pues se sigue ignorante y además engañado" (LSV). MMSI: 261000743 VER Mi canal en YOUTUBE VER TODOS MIS DISEÑOS 3D Editado por LSV en 22-08-2023 a las 23:05. |
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Joanet78 (22-08-2023) | ||
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#9
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Puestos a hilar fino, los policías no son autoridad. Son Agentes de la Autoridad.
Las Autoridades que sancionan son el Director General de Tráfico, Capitán Marítimo, Subdelegado del Gobierno, Alcalde, etc. |
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#10
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Cita:
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