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#26
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Lo que cuentas es la realidad, PRL de por medio.
La única salvedad a esto serían zonas de titularidad, o uso ajeno al concesionario, por cesión o alquiler, como podrían ser las marinas secas, en las que el arrendatario podría hacer lo que estimase oportuno dentro de las normas, contaminación, etc., a las que están sujetas la totalidad de los espacios en los puertos. Si el varadero es de un club privado ya no es un centro de trabajo. Cita:
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#27
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Cita:
Y lo de que la responsabilidad sea del varadero, no es nada lógico. La responsabilidad es de quien sea responsable, que diría Forrest Gump. Conozco desgraciadamente casos de accidentes laborales con todos los papeles en regla, por negligencia o porque se han saltado a la torera las normas de seguridad. Y el responsable es el que hace las cosas mal, no el dueño del local. El papeleo es simplemente una forma de exoneración; así la empresa puede decir "a nosotros nada, este señor ya ha hecho todos los cursos y es culpa suya".
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. Editado por Bertie en 29-02-2024 a las 11:06. |
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#28
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Siempre que sale este tema recuerdo a un profesor mío que en materia de accidentes de trabajo nos decía: "en caso de duda, demanden a su madre; luego, si no hace falta, ya desistirán".
Y es lo que se hace habitualmente: ante un accidente de trabajo que acaba en juicio se demanda a todo el que pueda tener alguna responsabilidad: la Seguridad Social, la mutua, la empresa principal, la contratista, a uno que pasaba por allí... Aunque al final no se te declare responsable del accidente, las molestias ya las habrás tenido. Hace un tiempo (ahora me dedico a otras cosas) tenía que revisar algunos procedimientos de accidentes de trabajo y las cifras que se ven en caso de fallecimiento o incapacidad permanente son mareantes. Así que, por mucho que me fastidie, puedo llegar a entender que quien puede ser objeto de esa reclamación de responsabilidad sea cauteloso, admitiendo que seguro que hay otros intereses más o menos camuflados que también cuentan. Enviado desde mi M2012K11AG mediante Tapatalk |
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J.R. (29-02-2024) | ||
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#29
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[quote=Bertie;2444468]La cuestión es si un varadero es un "centro de trabajo" en sentido legal, porque la cosa tiene muchos matices (https://www.coordinacionempresarial....ro-de-trabajo/). De hecho, es un área en la que trabajan múltiples empresas y particulares. Pero un "centro de trabajo" es normalmente una dependencia ligada a una empresa en concreto. A ver, si yo voy a configurar un wifi a una nave industrial, claro que esa nave es un centro de trabajo de la empresa cliente, y me puede exigir (y lo hace) que realice el curso PRL pertinente (que suele ser una charla de una hora sobre obviedades, firmar el papel, y ya). Pero en el caso de un varadero, que es un espacio compartido, y más aún, si es el propio armador el que realiza trabajos en su barco, dudo mucho que sea aplicable.
Y lo de que la responsabilidad sea del varadero, no es nada lógico. La responsabilidad es de quien sea responsable, que diría Forrest Gump. Conozco desgraciadamente casos de accidentes laborales con todos los papeles en regla, por negligencia o porque se han saltado a la torera las normas de seguridad. Y el responsable es el que hace las cosas mal, no el dueño del local. El papeleo es simplemente una forma de exoneración; así la empresa puede decir "a nosotros nada, este señor ya ha hecho todos los cursos y es culpa suya".[/QUOTE Bajo mi punto de vista un varadero si es un centro de trabajo, otra cosa es que te dejen trabajar en el sin ser empresa... https://www.insst.es/documents/94886...ntp-1.133w.pdf |
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#30
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no hay legislación respecto a embarcaciones de recreo? en el link del .pdf que subió Pakote, habla en todo caso de armadores pero de pesca, otra actividad profesional, y que en el caso de ser tareas sencillas como aplicar patente, puede presentarse como empresario concurrente a dichas instalaciones, pero poco más.
Creo que la situación de un armador de barco de recreo debería estar registrada en algún lado, Lo único que encontré en cuanto reglamentacion de varaderos es el del Club nautico de Cartagena, al menos interesante, en este si que se puede acceder y trabajar en el barco, eso si con casco y botas con punteras homologadas y ser socio (acabo de percatarme) bueno y el controvertido "seguro de responsabilidad civil", en otro foro se quejaban que era dificil contratar estos seguros. https://www.bing.com/ck/a?!&&p=37593...FQi5wZGY&ntb=1 Editado por Bernardo II en 29-02-2024 a las 17:37. |
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#31
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Tampoco hace falta que haya legislación al respecto. Cuando hice la última varada, en el contrato, que serían como 3 páginas con letra pequeña, se especificaba todo lo que podías hacer y no hacer, y que la gestora del varadero no se hacía responsable de la que puedas liar. Eso supongo que estaría revisado por especialistas, y por tanto perfectamente legal.
Es que resulta absurdo que te pidan toda la documentación exigible a una empresa para trabajar en tu propio barco. Incluso que se la pidan a una empresa es supérfluo, porque es la propia empresa la responsable de que sus trabajadores tengan los papeles en regla, no el varadero.En todo caso es la inspección de trabajo la que tendría que hacerlo. Ya puestos, si vienen a hacer una reforma a mi casa ¿les voy a pedir el TC2 y los certificados de PRL a los diferentes gremios? Porque durante unos días iba a ser su "centro de trabajo".
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
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#32
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Yo creo que un varadero es un lugar en sí mismo pelín peligroso.
Quiero decir: hay barcos en sus cunas, grúas moviendo cosas, puede haber aceite o botes de pintura por el suelo, un cable de una lijadora cruzando por ahí... También creo que debe haber maneras de que sea perfectamente posible, seguro y legal para un particular trabajar en su barco en un varadero. ¿Que habría que informar de los riesgos asociados a estar en el varadero?, hágase.Pero posible, seguro que es posible. Otra cosa son intereses creados, pereza o desconocimiento. Los que alguna vez hemos regateado cada vez firmamos que si abandonamos o seguimos en regata es bajo nuestra propia responsabilidad. Y si habéis visto la declaración de riesgos asociada a montarse en un velero... ojito
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Newton El movimiento se demuestra andando. |
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#33
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En tu casa puedes hacer lo que quieras, en las empresas se hace por norma.
De todas formas en el último varadero en el que he estado, Marina Sotogrande, que es un centro de trabajo y de hecho permanecía cerrado los fines de semana como todo centro de trabajo cosa rara para un varadero, me dejaron trabajar en mi barco sin problema, sin preguntarme ni Pamplona y sin tampoco hacerme firmar nada. En horario laboral, eso sí. Sólo tuve que identificarme con la VISA. Pagué la grúa, las horas del operario y a funcionar. Así que de alguna forma tiene que poderse porque esos no se habían caído de un guindo. Editado por flipk12 en 29-02-2024 a las 20:21. |
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#34
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[quote=Pakote;2444480]
Cita:
Lo que no acabamos de entender es lo de que es un servicio publico que aunque esté gestionado por una empresa privada no deja de ser publico y abierto a todos, es decir, para el servicio de todos los ciudadanos: empresas y particulares. La ley de PRL no permite exigir a los particulares lo mismo que se exige a las empresas. En mi opinión es un abuso. Y por cierto, aunque el varadero sea de un club privado, si hay un profesional trabajando ahi tambien está sometido a la ley de PRL porque él está trabajando, lo mismo que un electricista que está trabajando en casa de un particular: no importa que sea un sitio privado porque el que está trabajando está trabajando y tiene que cumplir la ley de PRL. El que está haciendo bricolaje en su casa o en su barco no tiene PRL, si le pasa algo es su responsabilidad personal. Editado por jonam52 en 01-03-2024 a las 08:02. |
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#35
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Yo lo asemejaría más a un taller de coches y a un parking. En el taller, tú dejas el coche y ellos lo meten dentro, hacen la reparación y lo sacan sin que tú puedas intervenir o ni siquiera entrar a sacudir las alfombrillas.
En un parking, sin embargo, no veo limitaciones a cambiar una bombilla o incluso el aceite si luego lo reciclas. Pienso que los varaderos, en general, deberían ser parkings de barcos en su mayoría, a no ser que una empresa que tenga derecho sobre el varadero sea un taller que dé todos los servicios. Más o menos. Pero como dice Newton, lo mejor es firmar una declaración responsable una vez aceptadas las normas y ya está. Yo lo veo así. |
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Newton (01-03-2024) | ||
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#36
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[quote=jonam52;2444522]
Cita:
Es una concesión estatal a un organismo que puede ser privado o publico, con ánimo de lucro o no y que puede gestionarlo según el pliego de condiciones que se haya firmado, nada más. Lo que no es una especie de ONG Abierta a todos para servicio de no sé qué ciudadanos.
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. Slava Ukrayini!.
Editado por markuay en 01-03-2024 a las 13:28. |
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Quel (02-03-2024) | ||
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#37
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[quote=markuay;2444540]
Cita:
Segun la ley de costas eso es terreno publico, es decir, de todos. En ese terreno se permite la construcción de un varadero para dar servicio a los barcos: a todos, a los privados y a los profesionales. La gestión de ese varadero la puede llevar la propia administración contratando funcionarios etc. o la puede "ceder" a un empresa privada mediante una "concesión" es decir, con un contrato con unas obligaciones por un tiempo limitado durante el cual el objetivo del varadero no se puede cambiar: tiene que dar servicio a todos, particulares y profesionales porque sigue siendo propiedad pública de todos. Es el mismo caso de los ayuntamientos que dan en concesión las piscinas, los polideportivos, el servicio de agua y de basuras, los cementerios, etc... se los dan en "concesión" a empresas privadas para que lleven la gestión, pero no es en propiedad, y es con unas condiciones determinadas entre las cuales la más importante es que tienen que dar un servicio público para todo el mundo porque es de todos nosotros: una empresa que lleva el polideportivo publico de un ayuntamiento no puede gestionarlo como si fuera un club privado que solo permite el acceso a los socios y solo pueden ser socios los que sean admitidos por una junta privada de un club. Tiene que dar servicio a TODOS los ciudadanos porque es de TODOS. Lo mismo con los varaderos. Está bien que una empresa gane dinero gestionando un bien público pero no se puede apropiar de ello y tratarlo como si hubiera comprado una nave industrial y allí solo admite a quien ella quiera. Eso no es asi, o por lo menos, no debería ser asi. |
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#38
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Cita:
O sea, que la concesión puede establecer sus reglas y, de acuerdo con la ley y condiciones de su concesión, pueden impedir el acceso a personal "ajeno". Otra cosa que en un rato voy a mirar es el tema de PRL, si es aplicable a un señor que va a hacer bricolaje en su barco mientras el barco está en el varadero.
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Newton El movimiento se demuestra andando. |
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Quel (02-03-2024) | ||
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#39
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Nada. Recién visto en el BOE (https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-24292).
La Ley de Prevención de Riesgos Laborales se aplica a trabajadores, funcionarios, cooperativistas y autónomos. No es aplicable a alguien que hace bricolaje en su barco.
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Newton El movimiento se demuestra andando. |
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#40
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[quote=jonam52;2444553]
Cita:
Que el terreno sea de titularidad pública no significa que las instalaciones de la concesión lo sean. Un puerto deportivo es un ente jurídico sin ánimo de lucro, (quería decir un club náutico, obviamente) propiedad de sus socios durante los años que dure la concesión, es más, los socios son responsables civiles subsidiarios. Un amarre está en una lámina de agua pública, pero sí compras* el amarre. Pasa a ser tuyo durante los años que dure la concesión. Puedes incluso venderlo* a un tercero en cualquier momento. En muchas ciudades hay aparcamientos en suelo público donde puedes comprar* una plaza de garaje y será tuya durante los años estipulados en la concesión. Pero hay muchos casos similares: aeropuertos, hospitales, terrazas de restaurantes, etc. etc. En mi puerto el varadero es para uso de los socios y los trabajadores del mismo son empleados del club. Antes podía usarlo cualquier armador y podía trabajar en su barco, hasta que hubo un par de movidas en las que se pretendía hacer responsable al club y se decidió que solo socios. En el puerto donde estaba antes que era gestionado por una empresa municipal, el varadero era de uso exclusivo de una empresa privada y solo podían trabajar sus empleados. Es más, no podías ni entrar en el varadero. La única diferencia entre una construcción en suelo público o privado es que al finalizar la concesión, el bien vuelve al estado. * Aunque se suele llamar compra, en realidad creo que al menos en el caso de los amarres la forma legal correcta es uso preferente. Palabro similar al que se emplea en las escrituras para las terrazas de áticos y garajes en edificios de propiedad horizontal que suelen denominarse "zona común de uso exclusivo".
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. Slava Ukrayini!.
Editado por markuay en 01-03-2024 a las 20:54. |
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Newton (04-03-2024) | ||
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#41
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[quote=markuay;2444571]
Cita:
Otra cosa es que efectivamente la lámina de agua propiamente dicha esté en concesión a una persona física o jurídica, pero creo que sin pantalanes para llegar al barco de poco iba a servir.
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incerti quo fata ferant, ubi sistere detur ...sin saber a dónde nos llevarán los hados, dónde nos será dado establecernos. |
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#42
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Creo que sin ver los términos de la concesión es difícil dar una respuestas y además que sea aplicable a todos los varaderos.... como ha dicho el cofrade Newton: "O sea, que la concesión puede establecer sus reglas y, de acuerdo con la ley y condiciones de su concesión, pueden impedir el acceso a personal "ajeno"....
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#43
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[quote=Bertie;2444575]
Cita:
Por supuesto que una marina privada se hace para ganar dinero.
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. Slava Ukrayini!.
Editado por markuay en 01-03-2024 a las 20:55. |
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#44
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[quote=markuay;2444571]
Cita:
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#45
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Cita:
Porque la comunidad autónoma o el ayuntamiento de turno propietario del varadero tambien tiene que cumplir unas leyes a la hora de dar una concesión, no puede hacer lo que le dé la gana y darselo a una empresa para que lo utilice como propio porque para las concesiones hay unas leyes que todos tienen que cumplir... y si un ayuntamiento o una comunidad autónoma da una concesión saltandose las leyes que regulan las concesiones, se le puede denunciar y le haran cambiar esas condiciones. Lo que pasa es que hablamos por hablar y nadie se lee las leyes ni se preocupa por conocerlas y por defender sus derechos, porque nos han metido en la cabeza que protestar no sirve para nada.... y luego hay unas asociaciones de navegantes que parece que están para defender los intereses de los profesionales y de los fabricantes y de nuestros derechos no se preocupa nadie.... Asi nos va. Editado por jonam52 en 01-03-2024 a las 22:06. |
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#46
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[quote=jonam52;2444588]
Cita:
Estás diciendo exactamente lo mismo que yo. *Aunque se suele llamar “compra”, en realidad creo que al menos en el caso de los amarres la forma legal correcta es uso preferente. Palabro similar al que se emplea en las escrituras para las terrazas de áticos y garajes en edificios de propiedad horizontal que suelen denominarse "zona común de uso exclusivo".
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. Slava Ukrayini!.
Editado por markuay en 02-03-2024 a las 15:26. |
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#47
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Yo creo (creo) que no es así. Si la administración saca a concurso una concesión para un depósito de almacenamiento de residuos de empresas químicas (por ejemplo) se trata de una concesión pública, como dices,en terreno público, pero ni te van a dejar entrar a pasear por dentro ni muy probablemente te dejen entrar con un bote de limpiacristales caducado para almacenar/reciclar.
Sí, el estado se arroga la propiedad de determinados terrenos (digamos que de todo, ya que nos pueden quitar hasta nuestra casa por los motivos que se decidan sin derecho ni a patalea) y en el pliego de condiciones se determina (o debería determinarse) lo que quieren que se haga por parte de una empresa privada a cambio de unos sustanciosos emolumentos. Y luego resulta que los varaderos y los amarres son caros porque patatas. Entonces, si el ayuntamiento de Barcelona que es el caso, decide que el varadero es un lugar de trabajo únicamente de empresas/autónomos autorizados, pues es que no puedes ni entrar. Son sus normas. Recuerdo que hace años, en el varadero de Badalona hubo un incendio que afectó a barcos de varios millones de EUR y como parte de la investigación se descubrió que la concesión había caducado y no había prórroga concedida, y que todo seguía igual, siendo el ayuntamiento el gestor del varadero. Suma y sigue. En general, hazte a la idea de que la cosa pública (a veces hay excepciones) son negocietes que realizan personas incapaces con nuestro dinero para trincar ellos. |
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#48
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Cita:
Los terrenos de la costa son públicos, es decir de todos, y no es lo mismo que tu casa o un terreno privado que tu tengas por ahi, ni que un pabellón industrial de una empresa, como un polideportivo construido con el dinero de todos en terreno publico no se vuelve privado porque lo gestione una empresa que paga una concesión: ahi tiene que haber unas condiciones que la primera es que se mantengan eso como servicio público a todos los ciudadanos. Un varadero no es un depósito de vertidos quimicos, un varadero es un lugar para sacar los barcos y hacer el mantenimiento. Si nos dejamos hacer es nuestro problema, si no protestamos es nuestro problema, pero lo que no podemos es darles la razón de que está bien que cojan algo que es de todos y que se lo den a cuatro amiguetes para que hagan lo que les dé la gana ahi. |
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#49
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Jonam: yo no puedo entrar a un hospital público a curarme yo unas heridas, o a mi hermana. No puedo pasar al quirófano a operar a un amiguete.
Insisto: el que algo sea público sólo significa que está al arbitrio del político de turno, no que sea realmente nuestro. Hasta que nos plantemos, que no lo veo, pues seguiremos igual. El problema es que me he metido en esta discusión aplicando sólo el sentido común, sin conocimientos legales. Estoy de acuerdo contigo en que debería ser de una manera, pero lo que es seguro es que es de otra. |
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#50
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ahora ha salido el tema de concesiones a cuenta el hotel Riu Oliva Beach, en Fuerteventura, en la reserva natural creo que es así, de la Dunas de Corralejo el gobierno les está diciendo que se ha acabado la concesion, por no cumplir con las normas y reglamentos que se estipularon en su dia, han estado ampliando, ajardinando y vallando, pero como en todo, en este caso creo que hay mucha tela que cortar, se está montando un buen jaleo.
En cuanto a varaderos, pues eso, debería haber reglamentación en la que se proteja los derechos de los armadores de recreo, unos límites y responsabildades, pero que existan, no al arbitrio de cada concesionario. |
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Pakote (03-03-2024) | ||
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