Re: ITB con pabellón extranjero
Cita:
Originalmente publicado por TripuBar
Creo que estamos mezclando dos cosas diferentes:
1. Los requisitos para navegar que impone la administración marítima polaca (y la española dentro de las 12 millas)
2. Los que impone un puerto concreto para atracar en sus instalaciones.
Concretamente conozco el caso del Port Olimpic de BCN, que a las embarcaciones de bandera NO española , les pide una inspección abreviada por parte de una ECA. Son media docena de puntos (tanque aguas negras en caso de wc fijo, bomba achique, alarma de gases, defensas...) y los requisitos de zona 6.
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Un puerto concreto, el que sea, no puede extralimitarse en sus funciones. Muchas veces por no complicarnos la vida transigimos con tal o cual petición y así nos va. Si TODOS o la mayoría ejerciéramos nuestros derechos amparados en bandera de conveniencia -ojo, y los deberes también aunque sean pocos- se iba a acabar tanta petición, requisitos, papeles ... que en la mayoría de los casos piden por la inercia y la costumbre (mala malísima) de tenernos acojonados . Y perdón por el exabrupto....
No brindo
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AENAVE ,,,,, Y A SEGUIR NAVEGANDO !!!
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