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Antiguo 03-07-2024, 13:42
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Predeterminado Trámites compra-venta, de particular a particular

Buenas,

acabo de comprar una embarcación "vintage" a un particular y voy a hacer el cambio de nombre yo mismo.
Así que se trata de una compra-venta de particular a particular, bandera española y se mantiene en bandera española.

Como la guía de compra de la taberna está obsoleta, explico aquí como lo voy haciendo, y expongo mis dudas por si alguien puede ayudar, y una vez finalizado queda aquí por si puede ser de utilidad a alquien más.

Me guiaré por lo que dice el Ministerio de Transportes en su página web.

https://www.transportes.gob.es/marin...a-compra-venta

En concreto en mi caso, tendré que presentar en la Capitania que más me convenga lo siguiente:


Documentación a presentar en los expedientes de cambio de dominio de embarcación ya registrada, en el caso de adquisición de un particular



0) Instancia solicitando el cambio de dominio.
https://www.transportes.gob.es/recur..._recreo_v6.pdf

1) Fotocopia del DNI de comprador y vendedor o autorización para consulta en el sistema de verificación de datos.

2) Contrato de compraventa firmado por ambos (se admite documento privado).

3) Copia de la declaración del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (Modelo 600 ó 620, según Comunidades Autónomas) que acredite su liquidación.

4) Copia impresa de la declaración del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (Modelo 565 ó 576), siempre que concurran todos los requisitos señalados a continuación:
  • se trate de embarcaciones de lista séptima con eslora superior a 8 metros o de lista sexta con eslora superior a 15 metros.
  • no hayan transcurrido más de cuatro años desde su matriculación definitiva.
  • y exista modificación de las circunstancias o requisitos determinantes de los supuestos de no sujeción o exención en la primera matriculación.





punto 0) la instancia es "multimodal" por decirlo de alguna forma, vaya que sirve para muchas cosas distintas, con una instancia específica para la transmisión de embarcaciones sería más claro. Tengo una duda en el apartado "Datos del propietario o titular
registral"
, se supone que tengo que poner los míos (comprador), o los del vendedor (?) .

puntos 1) y 2) sin problema

punto 3) voy a la agencia tributaria de mi comunidad con el contrato de compra-venta y pago el ITP (impuesto de transmisiones patrimoniales).

punto 4) Cumplo primera condición (eslora mayor de 8m), pero como es vintage ya no cumple la segunda condición, por lo tanto me olvido de este apartado.


Bueno pues voy a realizar el punto 3), y mientras a ver si aclaro mi duda con la instancia del punto 0).

Seguiré contando.

Saludos.

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  #2  
Antiguo 04-07-2024, 15:35
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Predeterminado Re: Trámites compra-venta, de particular a particular

Primero unas

Obviamente tienes que indicar los datos del comprador. No tiene sentido los del vendedor dado que ya constan en el Registro Marítimo.

La transferencia de dominio es un tramite muy simple. Cuelgas el formulario de solicitud rellenado y firmado, pagas la tasa 790-025, adjuntas carta de paco AJD/ITP, contrato de compraventa y DNI de todas las partes, les das a enviar y listo
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Antiguo 04-07-2024, 16:40
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Predeterminado Re: Trámites compra-venta, de particular a particular

instancia multimodal es que en el mismo impreso puedes hacer varios tramites. si no recuerdo mal estaba el cambio de propietario propiamente y cambio de nombre. por ejemplo
para pagar el ITP consigues el impreso codigo tal modelo tal y vas con el al banco y pagas la tasa.
como dice el cofrade no es complicado pero claro teniendo claro todos lo pasos e impresos, normal que se haga uno un lio en un primero momento, yo no estoy comprando barcos todos los dias,
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  #4  
Antiguo 05-07-2024, 16:31
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Predeterminado Re: Trámites compra-venta, de particular a particular

Cita:
Originalmente publicado por Granera Ver mensaje
Buenas,

acabo de comprar una embarcación "vintage" a un particular y voy a hacer el cambio de nombre yo mismo.
Así que se trata de una compra-venta de particular a particular, bandera española y se mantiene en bandera española.

Como la guía de compra de la taberna está obsoleta, explico aquí como lo voy haciendo, y expongo mis dudas por si alguien puede ayudar, y una vez finalizado queda aquí por si puede ser de utilidad a alquien más.

Me guiaré por lo que dice el Ministerio de Transportes en su página web.

https://www.transportes.gob.es/marin...a-compra-venta

En concreto en mi caso, tendré que presentar en la Capitania que más me convenga lo siguiente:


Documentación a presentar en los expedientes de cambio de dominio de embarcación ya registrada, en el caso de adquisición de un particular



0) Instancia solicitando el cambio de dominio.
https://www.transportes.gob.es/recur..._recreo_v6.pdf

1) Fotocopia del DNI de comprador y vendedor o autorización para consulta en el sistema de verificación de datos.

2) Contrato de compraventa firmado por ambos (se admite documento privado).

3) Copia de la declaración del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (Modelo 600 ó 620, según Comunidades Autónomas) que acredite su liquidación.

4) Copia impresa de la declaración del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (Modelo 565 ó 576), siempre que concurran todos los requisitos señalados a continuación:
  • se trate de embarcaciones de lista séptima con eslora superior a 8 metros o de lista sexta con eslora superior a 15 metros.
  • no hayan transcurrido más de cuatro años desde su matriculación definitiva.
  • y exista modificación de las circunstancias o requisitos determinantes de los supuestos de no sujeción o exención en la primera matriculación.





punto 0) la instancia es "multimodal" por decirlo de alguna forma, vaya que sirve para muchas cosas distintas, con una instancia específica para la transmisión de embarcaciones sería más claro. Tengo una duda en el apartado "Datos del propietario o titular
registral"
, se supone que tengo que poner los míos (comprador), o los del vendedor (?) .

puntos 1) y 2) sin problema

punto 3) voy a la agencia tributaria de mi comunidad con el contrato de compra-venta y pago el ITP (impuesto de transmisiones patrimoniales).

punto 4) Cumplo primera condición (eslora mayor de 8m), pero como es vintage ya no cumple la segunda condición, por lo tanto me olvido de este apartado.


Bueno pues voy a realizar el punto 3), y mientras a ver si aclaro mi duda con la instancia del punto 0).

Seguiré contando.

Saludos.

Bueno, continuamos, el punto 3) ya lo he realizado. Para pagar el impuesto de transmisiones patrimoniales (ITP) hay que ir a la Agencia Tributaria de tu comunidad con los siguientes documentos:
-contrato de compra-venta (sirve uno privado, no tiene que seguir ningun modelo
específico)
-copia del DNI del comprador
-copia del DNI del vendedor
-hoja de asiento de la embarcación.

Con estos documentos y pidiendo cita te rellenan el formulario 620 y pagas allí mismo con tarjeta (en mi caso 5%).

Ahora ya solo queda el trámite con capitanía.
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  #5  
Antiguo 06-07-2024, 23:14
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Predeterminado Re: Trámites compra-venta, de particular a particular



Poder puedes ir a tu Comunidad, pero hoy en día no va casi nadie para eso, tanto la autoliquidación, como el pago y la presentación del contrato lo haces tranquilamente online desde casa, con Visa o te lo cargan en cuenta online. No te lleva ni 10 minutos todo el trámite.. Después envía a la web de Capitanía Marítima la carta de pago que te ha generado tu comunidad autónoma y listo.

Toda la compraventa, pago del AJD/ITP y presentación online a Marina Mercante no te lleva ni una hora y todo sin salir de casa. Lo puedes hacer todo hasta con el móvil.

No te agobies, es muy fácil y la nueva web de DGMM se ha agilizado más.

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  #6  
Antiguo 07-07-2024, 08:49
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Predeterminado Re: Trámites compra-venta, de particular a particular

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Originalmente publicado por JMPUIG Ver mensaje


Poder puedes ir a tu Comunidad, pero hoy en día no va casi nadie para eso, tanto la autoliquidación, como el pago y la presentación del contrato lo haces tranquilamente online desde casa, con Visa o te lo cargan en cuenta online. No te lleva ni 10 minutos todo el trámite.. Después envía a la web de Capitanía Marítima la carta de pago que te ha generado tu comunidad autónoma y listo.

Toda la compraventa, pago del AJD/ITP y presentación online a Marina Mercante no te lleva ni una hora y todo sin salir de casa. Lo puedes hacer todo hasta con el móvil.

No te agobies, es muy fácil y la nueva web de DGMM se ha agilizado más.

Gracias por tus consejos, pero si no lo has hecho nunca tan rápido no es. Los siguientes seguro que sí.


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  #7  
Antiguo 07-07-2024, 09:01
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Predeterminado Re: Trámites compra-venta, de particular a particular

Bueno pues para hacer el trámite con capitania hay que ir a:

https://sede.mitma.gob.es/SEDE_ELECT...ram_datos_reg/

e iniciamos la tramitación electrónica:
adjuntamos todos los documentos de los puntos 0) 1) 2) 3), junto con el justificante de pago de la tasa 790-025 previamente pagado en
https://sede.mitma.gob.es/MFOM.Tasas....aspx?IdTasa=2

Y ya está! ahora a esperar que me digan que he hecho algo mal

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  #8  
Antiguo 13-07-2024, 13:10
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Predeterminado Re: Trámites compra-venta, de particular a particular

Buenas Cervezas Amigos
En mi caso hice un contrato privado para vender mi barco hace 3 años y hasta ahora el vendedor no lo habia dado de alta ni registrado en Capitania, digamos que el barco lo utilizaba él pero a mi nombre.
Ahora se supone que ha hecho la transferencia por medio de una asesoría..
Es posible teniendo él toda la documentaciòn del barco y copia de mi dni..?
Por lo que decis arriba sí es posible.
Puedo pedir en Capitanía a nombre de quien está el barco..?

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  #9  
Antiguo 13-07-2024, 16:12
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Predeterminado Re: Trámites compra-venta, de particular a particular

creo que puedes ir he indicar que has vendido el barco, creo... que nunca es seguro, cosas que oyes. asi como también creo que puede recabar datos de la situación del barco. tendrás que pagar alguna tasa seguro por que es un trámite administrativo
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miwelote (13-07-2024)
  #10  
Antiguo 05-09-2024, 22:20
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Predeterminado Re: Trámites compra-venta, de particular a particular

Cita:
Originalmente publicado por Granera Ver mensaje
Bueno pues para hacer el trámite con capitania hay que ir a:

https://sede.mitma.gob.es/SEDE_ELECT...ram_datos_reg/

e iniciamos la tramitación electrónica:
adjuntamos todos los documentos de los puntos 0) 1) 2) 3), junto con el justificante de pago de la tasa 790-025 previamente pagado en
https://sede.mitma.gob.es/MFOM.Tasas....aspx?IdTasa=2


Y ya está! ahora a esperar que me digan que he hecho algo mal

Bueno pues pronto hará dos meses que hice la tramitación electrónica del cambio de propietario, y no hay notícia. Entrando en la sede electrónica de la DGMM solo indica que el estado del trámite es: "iniciado".

Alguien sabe si esto va a tardar mucho más?
Y por cierto, puedo navegar legalmente en esta situación?

A ver si alguien me aclara mis dudas.
Gracias.

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  #11  
Antiguo 06-09-2024, 00:01
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Predeterminado Re: Trámites compra-venta, de particular a particular

creo que te valdria con las solicitudes, digo creo porque son cosas que oyes, lees. también habia como un tiempo límite. 3 o seis meses, hace tiempo que hice los trámites. y suerte, parece mentira que siendo tramite electronico se retrase tanto.
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Granera (06-09-2024)
  #12  
Antiguo 08-09-2024, 00:05
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Predeterminado Re: Trámites compra-venta, de particular a particular

Tarda... y dependiendo de la Capitanía incluso 3 meses!! Pero puedes navegar, el barco está en regla, solo pendiente de una anotación de cambio de titular.

Nosotros a veces llamamos antes a la Capitanía o Distrito antes de iniciar el trámite, para saber cómo van de carga.

Como te indicaban, el ITP y TASAS 790 (025 en caso de anotación de hoja de asiento y 085 en cambio de LEB) se pueden liquidar vía o line con dni electrónico.

Saludos!
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Bernardo II (08-09-2024), Granera (09-09-2024)
  #13  
Antiguo 23-09-2024, 19:12
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Predeterminado Re: Trámites compra-venta, de particular a particular

A raíz del hilo me planteo: ¿y si el comprador no hace el cambio de nombre?

Quiero decir, al final, si le paran, con el contrato privado de compraventa, con copia de los DNIs y demás, entiendo que la benemérita no tendría nada que decir. La administración tributaria autonómica difícilmente se entere ni por tanto requiera. Y capitanía menos.

Así las cosas, por tanto, ¿cuál es el incentivo del comprador a hacer el cambio de nombre? Más allá del mero hacer las cosas bien que, ya sabemos, hay gente que no suele estilar, más aún si hay pago de impuestos por medio.

¿Se me escapa algo?

Ronda general!!
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  #14  
Antiguo 23-09-2024, 20:09
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Predeterminado Re: Trámites compra-venta, de particular a particular

lo que veran es que el patrón no es el mismo que el titular, es lo único, no se eso podría dar problemas.
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  #15  
Antiguo 23-09-2024, 23:58
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Predeterminado Re: Trámites compra-venta, de particular a particular

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Originalmente publicado por miwelote Ver mensaje
Buenas Cervezas Amigos
En mi caso hice un contrato privado para vender mi barco hace 3 años y hasta ahora el vendedor no lo habia dado de alta ni registrado en Capitania, digamos que el barco lo utilizaba él pero a mi nombre.
Ahora se supone que ha hecho la transferencia por medio de una asesoría..
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SL2

Cita:
Originalmente publicado por Don Mendo Ver mensaje
A raíz del hilo me planteo: ¿y si el comprador no hace el cambio de nombre?

Quiero decir, al final, si le paran, con el contrato privado de compraventa, con copia de los DNIs y demás, entiendo que la benemérita no tendría nada que decir. La administración tributaria autonómica difícilmente se entere ni por tanto requiera. Y capitanía menos.

Así las cosas, por tanto, ¿cuál es el incentivo del comprador a hacer el cambio de nombre? Más allá del mero hacer las cosas bien que, ya sabemos, hay gente que no suele estilar, más aún si hay pago de impuestos por medio.

¿Se me escapa algo?

Ronda general!!

Es que, según el enlace del Mitma puesto por Granera en el post 7, el vendedor es el que debería comunicar el cambio de titularidad. Ya sé que no tiene mucho sentido, puesto que el comprador debe justificar el pago del ITP, entre otras cosas, pero es lo que dice el texto:

"Conforme al artículo 17.3 del Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, la transferencia de titularidad deberá ser comunicada por el vendedor y, potestativamente, por el comprador, en el plazo máximo de tres meses contados desde la fecha de la transferencia, presentando aquellos documentos que la justifiquen."
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Don Mendo (24-09-2024)
  #16  
Antiguo 24-09-2024, 07:46
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Cita:
Originalmente publicado por Pacífico Ver mensaje
Es que, según el enlace del Mitma puesto por Granera en el post 7, el vendedor es el que debería comunicar el cambio de titularidad. Ya sé que no tiene mucho sentido, puesto que el comprador debe justificar el pago del ITP, entre otras cosas, pero es lo que dice el texto:

"Conforme al artículo 17.3 del Real Decreto 1435/2010, de 5 de noviembre, la transferencia de titularidad deberá ser comunicada por el vendedor y, potestativamente, por el comprador, en el plazo máximo de tres meses contados desde la fecha de la transferencia, presentando aquellos documentos que la justifiquen."
Ahora sí!!! Mil gracias, tiene toda la lógica. Aunque creo que es contrario a lo que la mayoría tiene (tenemos) en mente, pero es que si no el sistema fallaba por algún lado. Veo que además el RD tiene régimen sancionador pero es por referencia y se me escapa un poco, más allá de ver que se cita la antigua 30/1992. ¿Crees que además la falta de comunicación por el vendedor es sancionable? Es decir, si paran al comprador con el barco o tiene cualquier percance, ¿puede acabar en sanción al vendedor por no haber comunicado el cambio de titularidad?
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