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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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¡Buenos días, damas y caballeros!
Compré un barco en España. Ella tiene una bandera española. Soy residente en España.Tengo derechos IYT (bareboat skipper & VHF). ¿Necesito una licencia local española o es suficiente el IYT?
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--- El español no es mi lengua materna. Si algo le parece divertido u ofensivo, entonces se trata de dificultades de traducción. ¡Lo siento! |
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#2
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Cita:
saludos PD. No se se - guro si ese certificado de Radio VHF que tienes " te lo podrían convalidar por el de R.O.C.A de españa, pero eso sería para adjuntarlo a un título o licencia de españa, - no dices nada si tienes o no tienes un título o licencia de españa, Editado por Rodman T en 15-01-2025 a las 09:51. |
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#3
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Buenos días, cofrade:
Si tienes una titulación extranjera de las reconocidas por la Administración española, en tu caso se aplicaría la Disposición adicional cuarta del RD 875/2014: https://www.boe.es/buscar/pdf/2014/B...onsolidado.pdf Copio: "Autorización de titulaciones extranjeras. La Dirección General de la Marina Mercante, a través de las capitanías marítimas, autorizará a los ciudadanos del espacio económico europeo, así como a aquellos de los países reconocidos en el anexo IX de este real decreto, para el gobierno de embarcaciones de recreo de pabellón español, siempre que dispongan de un título de recreo expedido por el país de su nacionalidad o el de su residencia, debiendo éste pertenecer también a dicho espacio o ser de los reconocidos en el anexo IX de este real decreto; con sujeción a los requisitos a los que se hace referencia en la disposición adicional tercera de este real decreto." En caso contrario, tendrás que obtener el título correspondiente. Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#4
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Cita:
buen día Editado por Rodman T en 15-01-2025 a las 12:19. |
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#5
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Cita:
Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#6
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En principio va a depender de tu nacionalidad. Si ese título es del país de tu nacionalidad podría valer.
Pero como no aparece en la lista de titulaciones de otros estados, no creo que te sirva para una embarcación de bandera española. En principio necesitarías una oficial de tu nacionalidad o una española (PER, PY o CY) dependiendo de la embarcación y necesidades de navegación. Un saludo. |
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#7
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Ese certificado lo emite una empresa canadiense, sus competencias son:
Cita:
No aparece el certificado que indicas Neiromancer. Bajo pabellón español da igual dónde residas o cuál es tu nacionalidad, y también es indiferente en qué aguas navegues: necesitas obtener una titulación española o una de las que reconoce la disposición adicional cuarta, en cuyo caso lo normal sería obtener la que se acepta de Canadá (si es que eres canadiense) o una de las que se aceptan del RYA (no por nada, sino porque no te vas a ir a Argentina, Chile, Suiza, Venezuela, que son las demás que se admiten). ![]()
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Courage mieux que l'argent IG @asailorsoul |
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#8
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Soy ciudadano de la Federación Rusa, residente en España.
El barco es la bandera de España. Mi licencia es IYT de patrón de barco sin tripulación de Canadá y mi licencia de radio es de Islas Marshall. Pregunta: ¿Son suficientes mis controles para controlar la embarcación o necesito otros? Hice una pregunta en Gardacostas de Galicia. Respuesta: No lo sabemos. Realicé una consulta a la Dirección General de Marina Mercante, Área Funcional del Departamento de Recreación Marina. Aquí está su respuesta. Cita:
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--- El español no es mi lengua materna. Si algo le parece divertido u ofensivo, entonces se trata de dificultades de traducción. ¡Lo siento! |
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#9
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Cita:
¿Qué título? Pues como no sé qué barco tienes, ni qué navegación quieres hacer... Estudia Patrón de Embarcaciones de Recreo. ![]()
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Courage mieux que l'argent IG @asailorsoul |
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#10
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Otra alternativa, que en principio parece más complicada, es que abanderes tu barco en Rusia, y entonces necesitarás una titulación de patrón y de operador radio expedidos por la Administración rusa. Según la normativa española, no te sirve otra, pues tiene que ser necesariamente la de tu nacionalidad.
Mientras el barco no salga del TAU (Territorio Aduanero de la UE), sigue considerándose mercancía comunitaria con IVA pagado, por lo que no tendrá limitación de estancia en aguas comunitarias. Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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#11
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Cita:
España, me lleva a la conclusión de que necesitas un título español. Cabe la posibilidad de que si tienes un título ruso y está convalidado por las autoridades españolas, también te sirva, pero los que aduces de Canadá e Islas Marshall, no les veo posibilidades. Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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