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#1
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Cita:
Desde hace ya unos años, este tema se ve desde diferentes ángulo. Lo que está claro es que nadie ha denunciado los ataques ocurridos y estaría muy bien que podría decir un juez al respecto. Con respecto a ridiculizar lo que se dice en este texto o en algunas contestaciones en este foro es relativo, a ti te puede parecer que el que ha escrito este texto es ridículo y en cambio al "escritor" le parecerá que el ridículo es lo que dices tu ![]() Pero lo que está claro es lo que dice el código Civil. ¿Es legal defenderse físicamente de un animal que nos ataca? La respuesta depende de varios factores, pero la legislación española contempla esta posibilidad, siempre que se actúe dentro de los límites de la legítima defensa. El Código Penal español, en su artículo 20.4, exime de responsabilidad penal a quien actúe en defensa propia, de otros o de bienes propios o ajenos, siempre que se den los requisitos de: - Agresión ilegítima. - Necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla. - Falta de provocación suficiente por parte del defensor. Perdonar que lo repita, pero aquí tendríamos una respuesta mas legal si algún atacado lo denunciase y un juez nos diera una sentencia, que quizás, ademas de la orca, tuviera responsabilidades otros organismos nacionales. Siempre he dicho que si hubiera estudiado la carrera de Derecho, estaría metido en todos los "charcos" denunciando todo lo que creyera razonable ![]() Saludos ![]() Rafa
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![]() RAFNI KAI www.RAFNI.es "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad" Editado por ROyOR en 30-09-2025 a las 15:20. Razón: Poner bien el nombre |
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#2
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Lo que estaría, y estará muy bien aunque no sea nada fácil, es hacer Pro y presionar para que realmente marquen y hagan un seguimiento. Incluido por su propio vientre como bien dice ZCO.
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#3
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https://martellabogados.es/legitima-defensa/ La agresión será una acción HUMANA dolosa que ponga en peligro bienes jurídicos personales y/o propios. https://es.m.wikipedia.org/wiki/Leg%C3%ADtima_defensa ![]() Enviado dende o meu SM-G736B usando Tapatalk
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"Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga" |
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#4
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El Código de Comercio que cita el abogado portugués es una ley de 1885 y curiosamente, en el artículo 612 dice:
16. Cumplir las obligaciones que impusieren las leyes y los reglamentos de navegación, aduanas, sanidad u otros. La Ley de Puertos y Puertos Mercantes, ni se sabe, debería referirse a la Ley de Puertos del Estado y Marina Mercante, el artículo 86 desde luego, no habla de las competencias de los capitanes. Habla más de las competencias de los capitanes (de buques) la Ley de Navegación Marítima, que dice en su artículo 176: Artículo 176 Condición de autoridad pública 1. El capitán tendrá a bordo la condición de autoridad pública y deberá cumplir y hacer cumplir toda obligación que legal o reglamentariamente se le imponga en razón del cargo, en especial la de mantener el orden y la seguridad a bordo. No vas a encontrar leyes en este caso que digan que te puedes saltar una legislación clara como la del Real Decreto 1727/2007 de protección de los cetáceos. Y se deberían seguir las recomendaciones científicas del taller IWC de Madrid de 2024: El Taller también recomendó encarecidamente a los navegantes que se encuentren con orcas ibéricas que no utilicen ninguna medida disuasoria, que casi con toda seguridad les causará daño. Las orcas ibéricas están en Peligro Crítico según la Lista Roja de la UICN, y las medidas disuasorias que puedan causar daños inmediatos o afectar su supervivencia o reproducción a largo plazo son ilegales según las leyes nacionales y de la Unión Europea. Varias de estas medidas perjudiciales se han utilizado en algún grado desde que se reportaron las primeras interacciones en el verano de 2020, y las orcas continúan interactuando. Por lo tanto, no solo son ineficaces, sino que podrían estar reforzando el comportamiento y aumentando la gravedad de los daños a las embarcaciones. Algunas de estas medidas también son peligrosas para los navegantes (por ejemplo, los petardos y la electrocución). ![]()
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"Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga" |
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#5
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Apagapenol (01-10-2025), Karonte1888 (03-10-2025) | ||
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#6
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Cita:
Y a falta de otro congreso científico sobre el problema, el convocado por el IWC en Madrid en 2024 es el que hay, con la asistencia de 29 expertos en ballenas de todo el mundo y con conclusiones claras. Ha habido cientos de incidentes, hay gente que los estudia uno por uno, y la recomendación, si queremos acabar con el problema, es no usar métodos disuasorios agresivos, lo agravan. No sé quien empezó recomendándolos, pero un cientifico puedo asegurar que no fue. ... Enviado dende o meu SM-G736B usando Tapatalk
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"Se o remo rompe polo guión, paga patrón, se rompe pola pala, patrón paga" |
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antodelg (01-10-2025) | ||
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#7
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Por lo demás, no se pide el derecho a agredir sino el derecho a defenderse de una agresión... que por otra parte parece de sentido común que un estimulo negativo desincentiva de continuar con una conducta. Sobre eso si que hay muchos estudios científicos, aunque no con orcas, pero si con otros animales. Lo de que los métodos disuasorios lo agravan es otra afirmación gratuita más que no está basada en ningun estudio cientifico. Si así quereis proteger a las orcas mal camino llevais. Que por cierto, te recuerdo que si están en peligro de extinción es por la gran cantidad de contaminantes que acumulan en su cuerpo, no por haberlas asustado con petardos. No brindo. PD. Aqui te pongo el programa del symposio... dime cual de los participantes expone algun estudio real sobre si tirar petardos daña fisiologicamente a las orcas. https://orcasymposium.org/wp-content...Tarifa2025.pdf |
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#8
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https://share.google/Sn0si6uQQnkfUtkKL https://share.google/NyYaeMXFuSZurdQGn Por la razón que sea, los medios "disuasorios" no las disuaden, las encabronan más y si no atacan al mismo barco atacan a uno que encuentren cerca..seguir después de 5 años con ese error y defenderlo sin evidencia cientifica alguna (le hareis caso o no al inforne que hay, pero es que no hay otro) es camino directo al desastre ... Enviado dende o meu SM-G736B usando Tapatalk
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#9
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BARRILES DE RON JAMAICANO PARA TODOS
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#10
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Cierto... no cabe la legítima defensa frente a animales , pero si el estado de necesidad!!! creo haberlo escrito alguna vez... si vas con tu familia en un bote y hay que aligerar peso para que no zozobre, si tiras a la suegra, la conducta es típica (homicidio) pero esta justificada!! por las suegras... ![]() |
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caribdis (30-09-2025) | ||
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#11
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Cuando esas orcas maten a alguien veo a muchos poniendose de perfil
Y explicando leyes animalistas
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BARRILES DE RON JAMAICANO PARA TODOS
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Apagapenol (01-10-2025) | ||
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#12
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Cofrade Para cuñadas también aplica? ![]() |
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caribdis (30-09-2025) | ||
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#13
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Cuñadas no se pero par cuñados : Si cuando sea un orco meparto:
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BARRILES DE RON JAMAICANO PARA TODOS
Editado por BORRASCA en 30-09-2025 a las 19:58. |
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#14
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También estaría justificado !!! ![]() ![]() |
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#15
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Cita:
![]() Saludos Rafa
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#16
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Otros abogados que dicen, en 2025, que la legitima defensa no se aplica en el caso de ataques de animales: https://victoravilaabogado.com/legitima-defensa/ ![]() Enviado dende o meu SM-G736B usando Tapatalk
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#17
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Repitiendo y repitiendo, tu mismo pensaras que es verdad, todo lo que dices.
Cada uno, se engaña como quiere |
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#18
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Según se recoge en la sentencia firme de la Audiencia Provincial, los hechos se remontan al 21 de diciembre de 2023, en la plaza Veiga da Eira, cuando el veterinario paseaba a su mascota perfectamente atada. De improviso, apareció otro perro, que estaba suelto y sin correa, acercándose al can del profesional. El encuentro terminó en una pelea entre los dos animales, a pesar de las advertencias del veterinario para que el dueño atase a su mascota.No aburro mas con este tema. Perdonar y espero que ningún cofrade sea atacado por orcas. Saludos Rafa
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#19
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Cita:
Ley 42/2007 de Patrimonio Natural y Biodiversidad, articulo 57 RD 1727/2007 protección cetaceos ![]() ![]() Enviado dende o meu SM-G736B usando Tapatalk
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