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Antiguo 12-11-2025, 20:04
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Predeterminado Re: Embarcaciones a remo y RIPA

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Originalmente publicado por jiauka Ver mensaje
Un remo no deja de ser 1 palanca,al igual que los pedales/plato/cadena/piñon de 1 bicicleta. O tampoco 1 bicicleta es de propulsión mecanica?
Según las definiciones del anexo 1 de la ley de tráfico y seguridad vial:


7. Ciclo. Vehículo provisto de, al menos, dos ruedas y propulsado exclusiva o principalmente por la energía muscular de la persona o personas que están sobre el vehículo, en particular por medio de pedales.

Se incluyen en esta definición los ciclos de pedaleo asistido.

8. Bicicleta. Ciclo de dos ruedas.

En otra normativa te podrás encontrar la definición y requisitos de una bicicleta eléctrica, pero eso no contradice esta definición porque habla de propulsión principalmente muscular.

O sea, que una bicicleta es un vehículo de propulsión muscular y solo en algunos casos puede que eventualmente mecánica.

Igual alguien consigue la definición de barco a remos en alguna otra normativa, pero hasta que alguien la ponga aqui me parece más acertado el punto de vista de jonam52, un buque de propulsión muscular.

Saludos, Oscar



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Editado por Oscar1966 en 12-11-2025 a las 20:13.
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  #2  
Antiguo 12-11-2025, 20:09
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Predeterminado Re: Embarcaciones a remo y RIPA

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Originalmente publicado por Oscar1966 Ver mensaje
Según las definiciones del anexo 1 de la ley de tráfico y seguridad vial:


7. Ciclo. Vehículo provisto de, al menos, dos ruedas y propulsado exclusiva o principalmente por la energía muscular de la persona o personas que están sobre el vehículo, en particular por medio de pedales.

Se incluyen en esta definición los ciclos de pedaleo asistido.

8. Bicicleta. Ciclo de dos ruedas.

En otra normativa te podrás encontrar la definición y requisitos de una bicicleta eléctrica, pero eso no contradice esta definición porque habla de propulsión principalmente muscular.

Saludos, Oscar



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que tendrá que ver la ley de tráfico con el Ripa!
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  #3  
Antiguo 12-11-2025, 20:18
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Predeterminado Re: Embarcaciones a remo y RIPA

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Originalmente publicado por jonam52 Ver mensaje
que tendrá que ver la ley de tráfico con el Ripa!
Pues simplemente porque jiauka a hecho la analogía de que una bicicleta es un vehículo de propulsión mecanica porque tiene pedales, cadena etc., y por eso mismo un barco a remos es un buque a motor, simplemente porque mueves un remo.

Simplemente quiero utilizar la misma analogía pero correctamente. Si la ley de tráfico dice que una bicicleta no es un vehículo a motor, el barco de remos tampoco lo debe ser.

Pero vamos, que yo no quiero discutir sobre esto, cada uno que interprete el RIPA como quiera. Al final vais a discutir por la preferencia entre un pedalo y una tabla de windsurf, que también serán buques a motor.

Saludos, Oscar.


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Editado por Oscar1966 en 12-11-2025 a las 20:23.
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  #4  
Antiguo 12-11-2025, 20:20
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Predeterminado Re: Embarcaciones a remo y RIPA

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Originalmente publicado por Oscar1966 Ver mensaje
Pues simplemente porque jiauka a hecho la analogía de que una bicicleta es un vehículo de propulsión mecanica porque tiene pedales, cadena etc., y por eso mismo un barco a remos es un buque a motor, simplemente porque mueves un remo.

Simplemente quiero utilizar la misma analogía pero correctamente. Si la ley de tráfico dice que una bicicleta no es un vehículo a motor, el barco de remos tampoco lo debe ser.

Saludos, Oscar.


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Jamás he dicho que 1 barco de remos sea 1 buque a MOTOR he dicho que es de propulsión mecánica, muuuy distinto
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  #5  
Antiguo 12-11-2025, 20:36
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Predeterminado Re: Embarcaciones a remo y RIPA

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Originalmente publicado por jiauka Ver mensaje
Jamás he dicho que 1 barco de remos sea 1 buque a MOTOR he dicho que es de propulsión mecánica, muuuy distinto
Vale, pero sí que has dicho que una bicicleta es de propulsión mecanica porque tener pedales, cadena, etc. En la ley de tráfico o tienes propulsión muscular o propulsion a motor. No hay vehículos de propulsión mecanica. Entiendo que es porque se fija en el elemento que proporciona la fuerza para mover el vehículo o el ciclo, no en como se transmite esa fuerza.

Por eso mismo, aunque no lo ponga explícitamente el RIPA, entiendo que un barco de remos es un buque de propulsión muscular. Que transmitas esa fuerza al agua mediante un remo no lo convierte en un buque de propulsión mecánica.

Pero como he dicho, no me quiero meter en vuestra discusión.

Saludos, Oscar



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  #6  
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Predeterminado Re: Embarcaciones a remo y RIPA

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Originalmente publicado por Oscar1966 Ver mensaje
Vale, pero sí que has dicho que una bicicleta es de propulsión mecanica porque tener pedales, cadena, etc. En la ley de tráfico o tienes propulsión muscular o propulsion a motor. No hay vehículos de propulsión mecanica. Entiendo que es porque se fija en el elemento que proporciona la fuerza para mover el vehículo o el ciclo, no en como se transmite esa fuerza.

Por eso mismo, aunque no lo ponga explícitamente el RIPA, entiendo que un barco de remos es un buque de propulsión muscular. Que transmitas esa fuerza al agua mediante un remo no lo convierte en un buque de propulsión mecánica.

Pero como he dicho, no me quiero meter en vuestra discusión.

Saludos, Oscar



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perdona si no te he entendido bien. Está claro que es como dices tu... la propulsión muscular no es propulsión mecánica, se ponga como se ponga el cofrade jiauka.
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  #7  
Antiguo 12-11-2025, 21:02
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Predeterminado Re: Embarcaciones a remo y RIPA

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Originalmente publicado por Oscar1966 Ver mensaje
Vale, pero sí que has dicho que una bicicleta es de propulsión mecanica porque tener pedales, cadena, etc. En la ley de tráfico o tienes propulsión muscular o propulsion a motor. No hay vehículos de propulsión mecanica. Entiendo que es porque se fija en el elemento que proporciona la fuerza para mover el vehículo o el ciclo, no en como se transmite esa fuerza.

Por eso mismo, aunque no lo ponga explícitamente el RIPA, entiendo que un barco de remos es un buque de propulsión muscular. Que transmitas esa fuerza al agua mediante un remo no lo convierte en un buque de propulsión mecánica.

Pero como he dicho, no me quiero meter en vuestra discusión.

Saludos, Oscar



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Creo que no he dicho nada de la ley de tráfico.
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  #8  
Antiguo 12-11-2025, 21:09
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Predeterminado Re: Embarcaciones a remo y RIPA

RIPAM: regla 3 a

a) La palabra "buque" designa a toda clase de embarcaciones, incluidas las embarcaciones sin desplazamiento y los hidroaviones, utilizadas o que puedan ser utilizadas como medio de transporte sobre el agua.

"Yo entiendo que eso incluye embarcaciones a remo"

Y seguimos:
Regla N° 7 - Riesgo de abordaje
a) Cada buque hará uso de todos los medios de que disponga a bordo y que sean apropiados a las circunstancias y condiciones del momento, para determinar si existe riesgo de abordaje. En caso de abrigarse alguna duda, se considerará que el riesgo existe.

Ergo el RIPAM incluye embarcaciones a remo.
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  #9  
Antiguo 12-11-2025, 21:13
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Vale, pero sí que has dicho que una bicicleta es de propulsión mecanica porque tener pedales, cadena, etc. En la ley de tráfico o tienes propulsión muscular o propulsion a motor. No hay vehículos de propulsión mecanica. Entiendo que es porque se fija en el elemento que proporciona la fuerza para mover el vehículo o el ciclo, no en como se transmite esa fuerza.

Por eso mismo, aunque no lo ponga explícitamente el RIPA, entiendo que un barco de remos es un buque de propulsión muscular. Que transmitas esa fuerza al agua mediante un remo no lo convierte en un buque de propulsión mecánica.

Pero como he dicho, no me quiero meter en vuestra discusión.

Saludos, Oscar



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Es más, la ley de tráfico no habla de vehículos sin gobierno, ni de aeroplanos, ni de vehículos fondeados.
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