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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Yo he optado por la misma solución que el cofrade Motrete, pues soy de la opinión de que hay que respetar las normas y me sentiría muy incomodo de otra manera.( Y no quiero ni pensar si se tiene un percance , sin seguro, medidas de seguridad y demás obligatorias para > de 2,5.)
Salud y ![]() ![]()
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Buena mar y vientos moderados. "El ocio es un estado natural y bendito, el trabajo una necesidad antinatural" (Dicho tailandés) |
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#2
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estoy pensando en una oferta de zodiac es una 260, tendre que matricularla? |
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#3
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Ya lo pregunté hace dos tabernas (una pila de años ya...) y nadie me dio entonces una respuesta convincente.
Ahora con teoría del buque recién estudiada me atrevo a volver a la carga: Que yo sepa lo que está limitado a 2.5m es la "eslora", no la "eslora total"... Me explico: la "eslora" es un termino legal que también se llama "eslora entre perpendiculares" y que se mide entre la perpendicular de proa (linea vertical que pasa por el punto de la roda que corta la superficie del agua con el buque en carga máxima) y la perpendicular de popa (linea vertical desde el codaste o la mecha del timón si es pala compensada). Yo creo que lo que hay que medir en una neumática es desde el espejo de popa hasta medio flotador de proa (aprox.) y si esa distancia es menor que 2.5 la embarcación no requiere matrícula. Nos sacaría de dudas que alguien que tenga los papeles de una neumática a mano los mire y nos diga si aparece algún dato de "eslora" que sea distinto de la "eslora total" que es la que suele aparecer en la publicidad y en el nombre del modelo (Como por ejemplo la Zodiac cadet 260S que mide 2.60m de eslora total y 1.72m de "eslora interior y que según mi cálculo le corresponde una "eslora entre perpendiculares" de 2.20m. aprox) ¿¿Alguien nos puede sacarne de dudas?? Saludos ![]() |
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#4
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estoy muy de acuerdo ,pero como tu me gustaria algun caso real. |
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#5
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Cita:
Lo siento Josemar después de soltar el rollo me puse a estudiar (anda que podíais ayudado alguno y me lo había ahorrado ) y leyendo la normativa sobre matriculaciones define eslora como la distancia desde el extremo más a popa hasta el extremo más a proa.... ![]() ¡¡ hay que matricular!! Saludos ![]() |
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#6
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2.50
Aplicando la norma por debajo no es neceario, por arriba sí. La hinchable tiene que tener documentación del fabricante. Lo que mida realmente no va a ser discutible. Los papeles son los importantes. 2.40 ó 2.60 son realmente importantes a la hora de cumplir ante la autoridad, en el uso y servicio es despreciable. Ahora bien entre dos metros y tres, en el uso ya hay diferencias notables. Cada uno que sopese uso y legalidad. ¿ Por qué se construian cascos de eslora de 4.99 ó de 6.99 ? por la diferencia de un centímetro.... la exención o la obligatoriedad es determinante en ese insignificante centímetro. Precio, uso, estiba, y a decidirse. Para acompañar ![]() ![]() . |
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#7
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Veo que es como todo, según el cristal con que lo mires. Por cierto estas embarcaciones, las matriculadas, aunque sean de 2,6 deben pagar las tasas de señalización marítima. Yo lo desconozco.
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"Una carta naútica es mucho más que un instrumento indispensable para in de un sitio a otro; es un grabado, una página de Historia, a veces una novela de aventuras" Jacques Dupuet. Marino
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