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Antiguo 22-10-2008, 19:38
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Predeterminado Re: Legislación Marítima: Aguas jurisdiccionales

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Originalmente publicado por Tahleb Ver mensaje
Una cosa es el mar territorial, que llega hasta las 12 millas y al que es aplicable el comentado derecho de tránsito pacífico, y otra cosa es la zona de exclusión económica, que llega hasta las 200 millas y en la que se puede hacer de todo menos pescar, perforar en busca de petróleo o cualquier otra actividad similar que tenga que ver con los recursos naturales.

Un buque holandés que se encuentre fuera de las 12 millas de las aguas del mar territorial y que no se dedique a las actividades citadas, está sujeto sólo y sin lugar a dudas a las leyes holandesas.

El reconocimiento internacional de las zonas de exclusión ya representó un cierto trauma en su momento, pues muchos lo interpretaron como un atentado contra la libertad de los mares. Luego hemos visto cómo algunos estados ribereños, como Canadá, se han considerado legitimados para apresar pesqueros que faenaban mucho más allá de las 200 millas, como ocurió en el famoso caso de la pesca del fletán negro y el buque español Estay.

ya me suena el tema del gallego estay; pero son ya unos años y lo recuerdo muy por encima. el capitán de pesca creo que era un tal dávila.
en fin que si tienes más datos y detalles del asunto y de cómo quedó aquéllo te los agradecería.
un saludo y
__________________
venga itxoso´ra ¡

terrestres kanpora ¡
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  #2  
Antiguo 22-10-2008, 20:01
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Predeterminado Re: Legislación Marítima: Aguas jurisdiccionales

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Originalmente publicado por askarretxe Ver mensaje
ya me suena el tema del gallego estay; pero son ya unos años y lo recuerdo muy por encima. el capitán de pesca creo que era un tal dávila.
en fin que si tienes más datos y detalles del asunto y de cómo quedó aquéllo te los agradecería.
un saludo y
Acabó bien y mal. Bien porque la tripulación y el barco fueron liberados al cabo de unas semanas. Mal porque se perdió el caladero y se sentó un precedente según el cual, en determinadas circunstancias, un estado puede cometer un acto de piratería impunemente. Aquí tienes un artículo de la época (el principio está en italiano, pero luego sigue en español):

http://www.radioradicale.it/exagora/...como-el-fletan

Rog: Es difícil definir el concepto. La GC hubiera podido inspeccionar el barco, desde luego, dentro de las 12 millas. Pero ¿qué hubiera encontrado? ¿unas pastillas que son legales en el país de bandera del barco? ¿unas mujeres que estaban allí por voluntad propia?

El delito estaría en el acto de administrar esas pastillas si se hubiera hecho en territorio español o aguas territoriales, pero no fué así. Por tanto, no hubo delito al tratarse de un acto que es legal a bordo de un barco holandés que, además, estaba en aguas internacionales.
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