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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Echa un vistazo a este post.
http://foro.latabernadelpuerto.com/s...ad.php?t=15011 En ese post, se habla además de las rías de Galicia, y se dice (al menos para un caso concreto) que se entienden aguas interiores y que la competencia es de la Confederación Hidrográfica. Me remito a decir lo que se dice... por raro que me parezca... ![]() Si hablamos de aguas marinas, aunque sean aguas interiores (pero en el sentido que tienen en derecho del mar)... Página web de la DGMM sobre Náutica de recreo, abanderamiento, matrícula. En el mar, hay que matricular toda embarcación de recreo de eslora superior a 2,5 metros. Sería vuestro caso. Se define como tal, independientemente del medio de propulsión. INcluirá, lógicamente, el abanderamiento y registro. El seguro obligatorio: Tienen que tener seguro obligatorio los objetos flotantes destinados a la navegación de recreo y deportiva propulsados a motor... Por tanto, al menos en aguas marinas, vuestra embarcación entiendo que tendría que estar matriculada (y en el registro de la Capitanía correspondiente) y está obligada a tener seguro de responsabilidad civil, a no ser que vendáis el motor y os desplacéis a remo... ![]() En cualquier caso, el seguro de responsabilidad civil, con un motor por medio, siempre sería conveniente... aunque no fuera obligatorio. De todas formas, una llamadita por teléfono a la capitanía martítima de vuestra zona, creo que os quitaría un poco de estrés... habida cuenta de que dices que ya no salís por este tema... Y si al final sí que tenéis que matricular... ya ha habido hilos, como no, en este foro sobre matriculación de neumáticas. Usad el buscador. Salud ![]() ![]() |
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#2
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Gracias amigos, a estas horas viene bien una birrita ¿no?
daos por invitados y de pincho hay una necoriña para cada uno.Me he leído los enlaces que me habeis dicho, pero el buscador n lo debo dominar bien porque me salen demasiados resultadosOs cuento de memoria lo que hice ya hará dos años: 1- Me dirigí a Capitanía de Marín y les expuse que había comprado Una embarcación neumática de suelo inflable y tablillas de 3.20 marca Quicksilver modelo tal. Y que la misma tiene remachada a la tabla una chapita metálica con una numeración. Le expliqué que no había ningúna factura ni nada previo al haber pasado por varias manos pero sin papeleos pero que podría hacer un contrato compraventa entre nosotros.¿y como sé que no es robada? Me cagué. ![]() Yo estoy seguro que no es robada, peo no si se ha registrado por algún propietario. El de la Capitanía tiene que poder acceder a esa información pero no me ayudó en nada. De momento no dije nada del motor ¿para qué? ![]() Quería saber la manera de ponerla a mi nombre legalmente = negativa total y desconfianza. 2- Después de eso me pasé por el ministerio de Fomento para preguntar por meterla en la 6ª lista de auxiliar. Sin problemas para eso.Me atendieron muy bien pero tendría que ponerla a nombre de mi abuelo como auxiliar de su chalana (que está matriculada pero no se saca de la bodega hace muuchos años) o buscar algún amiguete que me permita decir que es la auxiliar de su velero. Desconozco que complicaciones puede darme pasear con una auxiliar a nombre de otro sin estar "auxiliando" a nadie.3- Como no lo tenía claro me dirigí a Gonbel, el vendedor en Marín de Quicksilver, por si la habría vendido él o conocía algún método para hacerme con una documentación... Ya te llamaré ![]() ![]() ![]() Todavía espero su llamada. Hoy sé que me dirigí al dependiente equivocado (el de perilla); tendré que volver por allí y evitarlo. 4- Se me ocurrió pasarme por una tienda que repara neumáticas y la respuesta es que me ponga en contacto con quicksilver y me la enviarán sin problemas. Teniendo en cuenta que en los dos comercios estaba dispuesto a pagar lo que viesen necesario (yo que sé: iva, gestiones...)y no estaba pidiendo limosna. No entiendo que no me hayan querido ayudar. Con vuestra información espero poder legalizarla en algún momento, algún amigo me ha dicho que diga que la encontré flotando y se la lleve a Capitanía, que en unos tres meses estarían obligados a documentarla a mi nombre. Pero me pregunto: ¿no armaré un follón al decir que la encontré así? ¿y si mandan lanchas o helicópteros a buscar a posibles náufragos? Sería un marrón.Bueno amigos, nos tomamos algo por la tarde Un saludo |
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#3
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O sea: A una zodiac de hasta 2,5 m de eslora no hay obligación de matricularla; pero si se desplaza a motor ha de tener seguro.¿Lo interpreto bien? ![]() |
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#4
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![]() Brindemos y a ver si podemos concretar cuanto costaría:¿Algún experto en cuentas en la taberna? Mozo!!! una botella de Brugal para esta mesa, por favor Por lo que he visto parece que sí se podría regularizar la cosa. Teniendo en cuenta que no tenemos ni un papel. Corregidme si me equivoco: 1º Se me ocurre demostrar la propiedad con una nota simple de un notario y dos testigos, sé que con los coches antiguos se hace y cuesta unos 50€. o hacer un contrato compraventa entre mi amigo y yo, pagar a hacienda el 4% del valor que le pongamos (¿o lo tienen ellos?) pongamos 300€ + 4%= 12€ para hacienda según modelo 576 (dni digital, firma electónica). A partir de aquí me lío, ya que para pagar el impuesto de matriculaciones (por ser embarcacion de recreo menor a 8m de eslora) hay que usar el modelo 06 de hacienda que os adjunto . no me cabe entero, y como está en pdf lo he cortado. ¿lo tendría que cubrir como si fuese nueva y primera matriculación? 2º La Tasa T-0 por servicio de señalización marítima (embarcación menor de 7 metros) 10€ por cada M2 (eslora máxima * manga máxima) 3.20*1.73*10= 55.36€ 3º La Tasa por Inspecciones de Embarcaciones de Recreo (RD 1434/1999, de 10 de septiembre) segun modelo 990030 €€€€????? 4ºTasa por actuaciones de los Registros de buques y Empresas navieras modelo 790025 tasa de inscripción €€€€????? ¿Despues de liquidar esto se podría acudir a capitanía a matricular? ¿cuantos Euros estoy dejándome atrás? Salud para todos!!! |
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#5
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Vete a Marina y pide información de qué tienes que hacer. Explica bien lo que ha pasado (te la vendieron hace nosecuánto y la compraste sin más y la quieres legalizar y matricular). Yo creo que no te hará falta tanto rollo. Ni saldrá tanta pasta... Busca en el foro: http://foro.latabernadelpuerto.com/s...earchid=470213 http://foro.latabernadelpuerto.com/s...earchid=470234 Y ponte en contacto con alguien que lo haya hecho. Y si la cosa se pone dura, siempre puedes también mirar alguna gestoría de confianza... Aunque te saldrá más caro... |
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#6
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![]() Pues, en mi caso: 2,5 m de zodiac y 2,5 CV de TOATSU 2t, no se me ocurre otra mas que en la siguiente renovación del seguro del PICÓN incluirla como auxiliar. ¿Alguna experiencia? ¿Costos? Saludos cofrades ![]() |
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#7
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Gracias amigos cofrades, pero no me veo con ganas de pringar tanto por una neumática tan pequeña. Son los mismos papeleos que si tuviese 7m, muchos problemas por muy poco barco .![]() Creo que intentaremos cambiarla por algo <2.5m bien otra neumática o algo rígido. Si os parece abriré un hilo en compra-venta proponiendolo. Sé que perderemos dos plazas y la posibilidad de usar 15cv, (es lo que pone en la plaquita) pero ganaremos en tranquilidad. Un para todos los que me habeis ayudado y que corra el ron!!! |
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#8
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Cita:
pero da la impresión de que sí... Al menos, el Real Decreto que regula la obligatoriedad del seguro no hace ninguna mención a una eslora mínima cuando haya motor, y hace una definición específica de "embarcación de recreo" para el tema del seguro... Me he limitado a leer los REales Decretos que regulan el tema. No sé si las Capitanías tendrán criterios para ello. Pero a bote pronto... Aunque tampoco será fácil, si se diera el caso, de hacer un seguro a una embarcación de menos de 2.5 m que lleve un motor, que no esté registrada ni tenga matrículoa y por supuesto el motor no esé registrado para esa embarcación... ![]() ![]() |
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