Cita:
Originalmente publicado por otoio
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En el mar, hay que matricular toda embarcación de recreo de eslora superior a 2,5 metros. Sería vuestro caso. Se define como tal, independientemente del medio de propulsión.
INcluirá, lógicamente, el abanderamiento y registro.
El seguro obligatorio:
Tienen que tener seguro obligatorio los objetos flotantes destinados a la navegación de recreo y deportiva propulsados a motor...
Salud  
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O sea: A una zodiac de hasta 2,5 m de eslora no hay obligación de matricularla; pero si se desplaza a motor ha de tener seguro.
¿Lo interpreto bien?
