Cita:
Originalmente publicado por rom
Pues entonces, ¿por que diferentes titulaciones para hacer lo mismo?
¿En qué se diferencia llevar un Bavaria 40 en lista 7ª que uno en lista 6ª?
Bueno... ya hablaremos, porque si hemos de volver a empezar... todo eso ya está escrito por la página 2 o 3...
Saludos

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Pero es que , yo creo, la cuestión es esa. Es incongruente que se dé un título legal para llevar un 40 pies y que el solo hecho de cobrar por ello te lo invalide. Como ya se ha dicho se mezclan churras con merinas.
Se ponen continuamente ejemplos comparativos con otras profesiones pero es que , sencillamente, no es lo mismo. Un arquitecto, un médico, un letrado, etc. tienen sus títulos que les facultan para ejercer su profesión, pero es que no existe un título de arquitecto, médico o abogado "aficionado" que le otorgue competencias.
Yo simplemete creo que las embarcaciones deportivas, y repito deportivas, deberian estar al margen de las competencias de la MM.
Saludos