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Antiguo 23-04-2009, 18:43
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Predeterminado Re: Los problemas de la bandera extranjera, vistos desde fuera.

Otro que se buscó la ruina el solito:

Tribunal Superior de Justicia de Islas Baleares (Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Unica). Sentencia núm. 328/2001 de 16 marzo

“….1º)en fecha 20-7-1995, en Mahón, funcionarios del Servicio de Vigilancia Aduanera emitieron acta de constancia de hechos por infracción tributaria de la Ley de Impuestos Especiales ( RCL 1992, 2787 y RCL 1993, 150) , relativos a la embarcación denominada «XXXX», de bandera británica, propiedad del demandante don XXXXX. quien, según los funcionarios, manifestó que «llevan viviendo en el barco desde el mes de diciembre del año pasado que fue la fecha en que el barco quedó amarrado en el puerto de Mahón. Que el barco lleva unos seis años en España y que ellos siempre han vivido en el mismo, y durante este tiempo ha realizado salidas esporádicas fuera de España. Que desde hace años tienen su residencia habitual en España viviendo a bordo del barco…...
2º)en fecha 12-2-1996, en Alcudia, agentes de la Guardia Civil levantan otra acta de constancia de hechos referida a la misma embarcación y propietario y en la que se refleja que la embarcación se encuentra permanentemente en aguas de Baleares y que en el año 1995 no salió de España en ningún momento. Asimismo se refleja que el señor W. manifiesta que «como vive a bordo de la embarcación, cree que no necesita (permiso de residencia)……

……..Sobre la base de lo anterior, el recurrente argumenta:
1º)que el acta de inspección se basa en las propias manifestaciones del ahora demandante en diversas diligencias de constancia de hechos y como quiera que el demandante, de nacionalidad inglesa, desconoce el idioma español, no entendió lo que se le decía y se malinterpretaron sus palabras…….

……Al margen de la dificultad de probar el grado de conocimiento/desconocimiento del idioma español, lo cierto e indiscutible es que las eventuales dificultades idiomáticas no impidieron en modo alguno para que los agentes de la Guardia Civil e Inspectores de Aduanas reflejasen claramente sus manifestaciones, por lo que o los funcionarios se las inventaron o el declarante efectuó las declaraciones que se reflejan en el acta.
Como la presunción de veracidad de las actas de inspección no ha sido destruida, debe estarse a lo en ellas indicadas.
A mayor abundamiento, concurren dos circunstancias que obligan a rechazar este motivo de oposición:
1º)lo manifestado en 1995 en Mahón y lo manifestado en 1996 en Alcudia es coincidente en cuanto a la residencia en el barco.
2º)que cada una de las actas las firmó el ahora demandante, por lo que de ser cierto su desconocimiento sobre el contenido de las mismas, podría haberse abstenido de firmar o expresamente indicar que se solicitaba traducción por no comprensión. La firma sin más salvedad, equivale a comprensión con su contenido.”


pero se libró porque:


“es evidente que el cabo 1º de la Guardia Civil no es perito con título suficiente como para fijar la base imponible, por todo ello debe estimarse el recurso y acordarse la retroacción del procedimiento de inspección al momento inmediatamente anterior a aquel en que debió procederse a la valoración de la embarcación, conforme a Derecho.”

"Junto a intereses de demora y sanción, la deuda tributaria alcanza la cantidad de 51.636.713 ptas"

Si alguien hubiera hecho bien su trabajo....
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  #2  
Antiguo 23-04-2009, 18:55
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Predeterminado Re: Los problemas de la bandera extranjera, vistos desde fuera.

Y ahora, para ayudar al Belga (que igual se hace cofrade y todo) veamos el convenio de Franco y Balduino:


Convenio de 24 septiembre 1970 , ratificado por Instrumento de 28 mayo 1971


RCL 1972\1948


Artículo 4. Domicilio fiscal

§1.A los efectos del presente Convenio, se considera «residente de un Estado contratante» a toda persona que, en virtud de la legislación de este Estado, esté sujeta a imposición en él por razón de su domicilio, residencia, sede de dirección o cualquier otro criterio de naturaleza análoga.
§2.Cuando, en virtud de las disposiciones del párrafo 1, una persona física resulte residente de ambos Estados contratantes, el caso se resolverá según las siguientes reglas:
a)Esta persona será considerada residente del Estado contratante donde tenga una vivienda permanente a su disposición. Si tuviera una vivienda permanente a su disposición en ambos Estados contratantes, se considerará residente del Estado contratante con el que mantenga relaciones personales y económicas más estrechas (centro de intereses vitales);
b)Si no pudiera determinarse el Estado contratante en el que dicha persona tiene el centro de sus intereses vitales, o si no tuviera una vivienda permanente a su disposición en ninguno de los Estados contratantes, se considerará residente del Estado contratante donde viva de manera habitual;
c)Si viviera de manera habitual en ambos Estados contratantes, o no lo hiciera en, ninguno de ellos, se considerará residente del Estado contratante del que sea nacional;

Bueno, creo que el Belga puede sacudirse el ser residente en España a poco que trabaje su abogado (siempre que el belga no meta más la pata).

Curiosidad del convenio:

Artículo 8. Navegación marítima y aérea

§1.No obstante lo dispuesta en el artículo 7, párrafos 1 a 5, los beneficios procedentes de la explotación de buques o aeronaves en tráfico internacional solamente podrán someterse a imposición en el Estado contratante en el que esté situada la sede de dirección efectiva de la empresa.
§2.Si la sede de dirección efectiva de una empresa de navegación marítima en tráfico internacional estuviera a bordo de un buque, se considerará que esta sede se encuentra en el Estado contratante donde esté el puerto-base de este buque, y si no existiera tal puerto-base, en el Estado contratante en el que resida la persona que explota el buque.
O sea, que lo del pabellón Belga no va a ser tan interesante para alguno.


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  #3  
Antiguo 23-04-2009, 19:33
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Predeterminado Re: Los problemas de la bandera extranjera, vistos desde fuera.

Pues aún va a tener suerte... si es que el convenio sigue en vigor.... acabo de encontrar un artículo de 369 páginas acerca de medidas anti-abuso en materia de doble imposición editado por Hacienda.

Me lo leeré con calma, pero básicamente es un trabajo realizado para analizar cómo evitar que la gente alegue doble imposición y gane...

salud!!!

P.D. Por si os interesa, este es el enlace http://www.ief.es/Publicaciones/EstJ.../AntiAbuso.pdf

Editado por Jadarvi en 23-04-2009 a las 21:37.
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  #4  
Antiguo 23-04-2009, 20:29
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Predeterminado Re: Los problemas de la bandera extranjera, vistos desde fuera.

Pues quizas el hombre acaba teniendo suerte, pero esta claro que tiene un buen marron encima de los que no se olvidan, yo personalmente estoy de acuerdo que las leyes son para cumplirlas, todos por igual, pero comparto la opinion de muchos Cofrades, si a nosotros mismos nos custa entender las leyes en la materia que tratamos, imaginate un extranjero que llega aqui navegando sin hablar Español.

Quizas hay extranjeros que acaban enterandose de la normativa e intentan escaquearse, pero realmente yo me pregunto, y la Administracion no actua de mala fe sabiendo que somos una potencia en cuanto a visitas de barcos extranjeros y no hacen nada para informar debidamente antes que sancionar?

Tan dificil seria unos panfletos en varios idiomas en los puertos y clubs avisando de la situacion?

Estas personas vienen a España y se gastan su dinero, no nos olvidemos que es parte de nuestra fuente de ingresos en este pais, para ir tratandolos de esta manera, que esta claro que esto no es Somalia pero yo si que pienso que damos una imagen de republica bananera.

Yo no entiendo lo de sancionar sin antes informar, es mi opinion

Saludos, rondas y buena mar

Editado por Xavier Vila en 24-04-2009 a las 20:36.
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  #5  
Antiguo 23-04-2009, 20:43
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Predeterminado Re: Los problemas de la bandera extranjera, vistos desde fuera.



de momento no le aplican ninguna ley europea
cada uno saca la ley que le conviene y no importa si hay otras que se superponen
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  #6  
Antiguo 23-04-2009, 20:57
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Predeterminado Re: Los problemas de la bandera extranjera, vistos desde fuera.

Cita:
Originalmente publicado por pipe Ver mensaje


de momento no le aplican ninguna ley europea
cada uno saca la ley que le conviene y no importa si hay otras que se superponen

A veces creo que sería mejor volver a llamar "Mercado Común" a la "Comunidad Europea" puesto que parece que se limita a un espacio de libre comercio, sin más.
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  #7  
Antiguo 23-04-2009, 21:41
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Predeterminado Re: Los problemas de la bandera extranjera, vistos desde fuera.

Yo insisto en que si vas a un país y te pasas un año en él, no está de más el informarse acerca de su legislación, y no precisamente en charletas de club náutico.

Pero considero que la regulación española en muchas materias es un follón, porque aquí gusta mucho legislar a base de enmiendas y cosas de esas.

Y, por otra parte, pienso que es una vergüenza mantener el impuesto de matriculación, entre otras cosas... pero mientras exista hay que pagarlo. Si hay un convenio que te permite no hacerlo, mejor... pero si no... hay que aguantarse.

salud!!!!!
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  #8  
Antiguo 24-04-2009, 09:41
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Predeterminado Re: Los problemas de la bandera extranjera, vistos desde fuera.

De algunas cosas que decís:

- Que se condenó cuando dijo que llevaba mas de medio año en España; La solución hubiera sido ejercer la pillería española: mentir. Quizás sólo pensó que no tenía nada que esconder, y que la UE no tiene fronteras.

- Yo mismo no conozco todas las normas que me afectan, No hay una web donde vengan todas juntitas, no te dan un librito cuando matriculas un barco, o entras al pais un barco, etc. Te puedes volver loco leyendo BOES, Boletines autonomicos, bandos municipales y demás....

- No olvidemos el problema del idioma. ¿Vamos a capitanía hablando en holandes? ¿Nos dan un reglamento en inglés? Nos puede pasar a todos cuando vamos fuera. En un viaje, sufrí la novatada de convencer el gesto "creo que sí..." con el gesto "no"; el gesto no era internacional. La única consecuencia fue que me comí más de medio menú de una carta en indú


Cita:
Originalmente publicado por Butxeta Ver mensaje
Hombre, será legal, pero es una putada. Yo diría que esto es simplemente Kafkiano.
Esta es mi misma opinión.
Nos quejamos diariamente de nuestra administración náutica. Los guiris también la sufren....

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Todas las islas, incluso las conocidas, son desconocidas mientras no desembarquemos en ellas.
(José Saramago. El cuento de la isla desconocida)
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