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#1
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![]() ...pues, entiendo que sí, ya que tú (patrón) redactarás una "protesta", acompañada del Cuaderno de Bitácora, donde figurarán horas, meteorología (que es demostrable), corrientes (idem), GPS, etc., y tu historia será verosímil... Saludos
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rookie EC2ALV "matar a un hombre no es protejer una idea (doctrina), si no matar a un hombre" Sebastian Castellio, Contra Libellum "The [U.S.] Constitution is a limitation on the government, not on private individuals... it does not prescribe the conduct of private individuals, only the conduct of the government... it is not a charter for government power, but a charter of the citizen's protection against the government". Author and philosopher Ayn Rand (1905-1982) |
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#2
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Creo sinceramente que no pagarían, aunque, por suerte SM español te cobraría a posteriori, pero en un complejo marasmo administrativo. |
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#3
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Estimados Cofrades, saludos y
![]() Contestando, o más bien ampliando el comentario del cofrade Sumeke, lo de que aduanas te pille más allá de las 60' no es, de ningún modo, un caso tan extraño como pueda parecer a primera vista, por lo menos en el Atlántico. Imaignaos la escena: Aduanas tiene montado un operativo antidrogas, porque sabe que un barco nodriza tiene la intención de transvasar mercancía a lanzaderas en alta mar y de repente, apareces tú con tu velero. Como no es la primera, ni la segunda vez que atrapan un velero hasta la perilla de "perico", te dan el alto y te piden la documentación, tanto del barco, como la tuya... Ya has pringao, sin comerlo, ni beberlo. Lamentablemente, para tí, tienen la obligación de denunciarte (que no de sancionarte), y te has caído con todo el equipo. Otro saludo y más ![]()
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Si ves rodar al patrón por la escala, NO le eches una mano. Él es patrón y sabe por qué se cae. Si tengo que ser parte del rebaño, me pido ser el perro. |
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#4
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a mi me suena que se puede prevenir delitos en aguas contiguas , o sea en limite de las 25 millas , a 60 millas creo que son aguas internacional ... alguin podria ajorar un poco de luz sobre eso ?
una ronda ! ![]() |
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#5
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Os garantizo que si el SERVICIO DE VIGILANCIA ADUANERA (dependiente de la Dirección General de Aduanas) "pilla" a algún velero fuera de zona, lo que menos le preocupa son los "papelillos administrativos", la zona de navegación o la titulación del patrón.
Tomarán nota de los datos de los tripulantes, nombre del barco, situación y destino para su Base de Datos. Si están esperando un transbordo, y no transportáis nada sospechable, no hay nada que temer. |
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#6
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Lo más seguro es que en breve recibas una noti diciendo que tienes que pagar "x" y que te descuentan "y" por pronto pago (eso si no te lo dicen directamente los de aduana, es decir si pagas ahora te sale más barato). Porqueeeeeee.......¿A cuantos vestidos de verde y aduaneros no han metido ya en el trullo por tráfico de cositas malas? De angelitos no tién ná ninguno (si pueden te violetean a la más mínima). Otra cosa es que estén metidos en algo gordo y tu te cruces en su camino...........Lo más seguro es que te digan "lárgate de aquí que nos estas estorbando"....... ![]()
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Mucho hablar de Trafalgar.........Y poco de Cartagena de Indias en el año del señor de 1741..........Dios salve a Blas de Lezo por su heroica patada en el culo a los hijos de la Gran.......Y además nos reflejan como venales y corruptos. Pero se olvida intencionadamente que Blas de Lezo consiguió derrotar a la armada de guerra más potente de la historia hasta el desembarco en Normandía. Y el rey inglés, derrotado, prohibió a los historiadores que escribieran lo que había pasado. |
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#7
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Los delitos, y más los internacionales, se pueden denunciar y prevenir en cualquier punto del mar, si incumple leyes internacionales, yo puedo denunciar a un capitán si veo que incumple una norma náutica (de hecho en New York estuve a punto de hacerlo una vez, contra un patrón que llevaba un ferry de esos de paseo). Que tu barco flote poco, no lleve la balsa revisada o tu título esté caducado o carezcas de él, no es delito contra las leyes del mar... creo..., pero no soy marino, solo PY, titulado medio. Por eso es el motivo de este hilo, a 61', no se hasta que punto una autoridad espeñola, pese a ser mi barco 'territorio' te puede imponer una FALTA ADMINISTRATIVA tan lejos. Abrí este hilo espolado por unas palabras en otro hilo (editado por GENOVES, razón: bocazas), que estimaba más razonadas las opiniones de un CY, respecto a las titulaciones náuticas en españa que las de un PY. Por lo que me sigo preguntando el título del hilo, ADMINISTRATIVAMENTE, no en conocimientos, por supuesto. Por cierto, ¿sabeis lo que supone economicamente poner un dispositivo de esas características en alta mar a esas distancias? Yo si me pasa no me cansaria de escribir notas de prensa para que se tuviera claro en que se gastan los dineros los de Fomento, en sacarme dinero por no ser CY. Aunque igual... todo puede ser... A ser posible, desde la carcel. ¿se puede denunciar a la administración desde la carcel?. Además al salir voy por las teles, y me financio el siguiente cruce pero con más medios ![]() A ver MAZARREDO que esto es una película de cine español!!! Qué caracoles, caracoles!!!. Editado por genoves en 26-04-2009 a las 14:00. Razón: bocazas, lo siento |
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#8
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En lo referente a la primera parte que te cito, me parece muy curioso e interesante, podrias detallar un poco mas el tema (solo a titulo de curiosidad) En referencia a lo segundo que cito... simplemente decir que ... sin comentarios... (ver para creer) no puedo evitar el pensar en bienvenido Mr. Marshall saludos
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No hi pots perdre res, si vols podràs no pots perdre el temps, els dies s’estan acabant Viu la vida viu, no paris mai sent que cada respir és de veritat (Clepton) Editado por Quim en 26-04-2009 a las 20:29. Razón: supresion del nick de la segunda cita por peticion de su autor |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Quim | ||
genoves (26-04-2009) | ||
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#9
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Ahora, creo que ya es delito directamente. Pero no se mucho de Código Civil, mejor que nos ilustre un abogado. El derecho administrativo creo que solo puede pasar a delito una falta si ha habido peligro para la vida humana (y otros mucho casos, daños a terceros fundamentalmente). Supongo, que si por no tener CY a 61 millas, un tripulante a bordo se ahoga y me denuncia, igual si es delito. Editado por genoves en 26-04-2009 a las 16:50. |
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#10
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![]() Hay que ver como se interpreta lo que digo. ![]() No sé si reir o llorar. Mejor me río. Ahora comprendo lo de "fuera de contexto". Si querías ponerme de excusa para abrir un hilo, genovés, la pregunta debería haber sido "Capitán de Yate, ¿crees que tu título es necesario o sirve para algo? Quim, antes de juzgar deberías estudiar bien el sumario. A ti te digo lo mismo, Nick. Tomaros unas copas a mi cuenta. ![]() ![]() ![]() |
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#11
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Sin ser alarmista,me pregunto ¿si pilotar un barco(o sea maximo y unico responsable) sin la debida documentacion no es considerado grave,ante la ley?,maxime si pasa alguna desgracia en el camino,que ninguno estamos libres,pero al menos la ley cubre a los que viajan legal.
O ¿realizar en funciones remuneradas ,una profesion para lo cual uno no esta habilitado legalmente tampoco?creo saber de tinta de la buena que esta castigado de arranque con 18000 euracos del ala,de sancion,aparte podemos ir sumando con otras posibles ausencias de legalidad que puedan estar incumpliendo(tampoco nadie estamos exentos),porque ademas entonces se mirara hasta el certificado de desratizacion(a mi me pasó),y si no se tiene ZAS ,y el dañado X (si lo hubiera y su familia),tampoco quiere reclamar nada,no tiene nada que decir?-Sí todo en contra,vale,luego digo ¡no hay derecho!,no se si lo hay o no,porque no me dedico a ello,solo dire,bueno el peso de la ley dá mas escora que 100tons por cubierta,y a la banda![]() pa tos,chao |
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#12
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Acabáramos!!! El título de CY sirve para tener mayor capacidad de razonamiento... hay que joderse pa no caerse ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() ![]() Por lo visto tambien sirve pa "vasilar", pa corgar en la pared, pa forrar una mesa coja, pa hacer papirolexia, pa filtros pa los petardos, de salvamanteles pa la taza del café... Los que no tenemos razonamiento le hechamos imaginacion. y yo que siempre oí que "lo que dios no da, Salamanca no lo presta" Siempre a sus pies ![]() ![]()
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![]() las autoridades nauticas advierten: navegar perjudica seriamente a su bolsillo ![]() ![]() Editado por Nick en 26-04-2009 a las 23:11. Razón: supresion del nick de la cita a peticion de su autor |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Nick | ||
genoves (29-04-2009) | ||
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#13
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![]() Si releéis el post de Crimilda os daréis cuenta. Ronda para aclarar ideas ![]()
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rookie EC2ALV "matar a un hombre no es protejer una idea (doctrina), si no matar a un hombre" Sebastian Castellio, Contra Libellum "The [U.S.] Constitution is a limitation on the government, not on private individuals... it does not prescribe the conduct of private individuals, only the conduct of the government... it is not a charter for government power, but a charter of the citizen's protection against the government". Author and philosopher Ayn Rand (1905-1982) |
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#14
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rookie EC2ALV "matar a un hombre no es protejer una idea (doctrina), si no matar a un hombre" Sebastian Castellio, Contra Libellum "The [U.S.] Constitution is a limitation on the government, not on private individuals... it does not prescribe the conduct of private individuals, only the conduct of the government... it is not a charter for government power, but a charter of the citizen's protection against the government". Author and philosopher Ayn Rand (1905-1982) |
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#15
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pues si , el PY y humildad , dos cualidades que me han permitido viajar muuuuuuuuuuuchas millas en unos cuentos oceanos .
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#16
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. Veo que se puede interpretar ofensivamente y es lo último que quiero en mis intervenciones.Con lo de la "humildad" estoy muy de acuerdo contigo (mi "nick" no está puesto al buen tun tun). ¿Hace una ronda...? ![]()
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rookie EC2ALV "matar a un hombre no es protejer una idea (doctrina), si no matar a un hombre" Sebastian Castellio, Contra Libellum "The [U.S.] Constitution is a limitation on the government, not on private individuals... it does not prescribe the conduct of private individuals, only the conduct of the government... it is not a charter for government power, but a charter of the citizen's protection against the government". Author and philosopher Ayn Rand (1905-1982) |
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#17
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A ver, yo soy funcionario denunciador en otro area, también relacionado con hacienda, y como todo tiene que ver, según eso, si te pillo sin gafas y un numerito determinado en la terminación del carnet de conducir ¿te denuncio?... o si engañas en la PAC, y veo que tu cultivo de girasoles esta abandonado ¿te denuncio?... o si no has pagado correctamente el IBI, por no declarar la ampliación o cierre de una terraza de 12m2. ¿te denuncio?... o si te empadronas en un sitio para`poder escolarizar a tus hijos ¿te denuncio?..., o si fumas y tiras la colilla al suelo ¿te denuncio?... o si tu perro se caga en mi puerta ¿te denuncio?... si en tu bar hay 81 personas cuando dice la norma 80 ¿te denuncio?... si tu iglesia incumple la norma de salidas de emergencias ¿te denuncio?...y si te veo navegar con una bandera sin las dimensines adecuadas, o no ubicada en la parte correcta del barco ¿te denuncio?... Jo, os contaría la de casos en los que se puede meter hacienda contra TODOS los ciudadanos, para sanear mucho las cuentas públicas, pero no es el caso... Esperaré a que pase la crisis y se centren de nuevo en los promotores inmobiliarios para hacerme al atlántico. Si son así los de gris, acabaré pensado lo que dije en otro hilo, que estos de Aduanas no velan por nuestro interés atrapando alijos, sino que son unos c******* Me enteraré de si actuan habitualmente así y de si pueden actuar, y os lo cuento un día de estos. Bueno, tecnicamente si pueden, de hecho todo ciudadano puede denunciar a otro por incumplir una norma administrativa, y la administración en ese caso está obligada a sancionar por ello, conozco varios casos de vecinos en los pueblos que les mola jorobar al otro. Eso si es España, la cañí. Editado por genoves en 26-04-2009 a las 12:22. |
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#18
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Tatatoa, me siento identificado contigo.
Un saludo, Javichi ![]() ![]() |
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#19
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Hola,Claro
que te pueden intervenir legalmente,en aguas contiguas,pues decidme sino como se aniquilo el contrabando practicado desde aguas internacionales(fuera de 200millas),simplemente garzon,hizo practicar la presuncion de delito(ley maritima internacional),sin necesidad de que te denuncie nadie(en ese caso denunciaba solo tabacalera),y claro,esta de mano del agente en cuestion,declarar si esa presuncion de delito existe ,aunque no sea así,y luego diremos yo solo pasaba por aquí,ademas iba por mi estribor(mi derecha en coche). Otra cosa lo de los ladrilleros,asi definidos por algun experto en su transporte![]() ),cuando el estado se haga cargo de los 800.000 pisos sin vender,volveran a navegar,aunque sea en la moderna Arca de Noé,pero no siempre los buenos tiempos seran los mismos,ni tampoco quizas para los mismos,reciclarse o perecer en el intento,ley de vida. |
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| capitan de yate, cruzar atlántico, título |
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