Re: Leasing Frances...
El "leasing francés" para particulares existe, es legal en España para barcos matriculados en España en lista 7ª pero sólo debe considerarse como una forma ventajosa de financiación. Olvidaos de deducciones o desgravaciones, de no pagar el impuesto de matriculación etc ... , repito, sólo es una forma ventajosa de financiación.
¿Cómo funciona?
CGMer (digo esta porque es la que más se utiliza aquí) compra el barco al astillero y te lo alquila durante unos cuantos años, con unas cuotas sometidas al IVA reducido francés (9,8%). La compra por tu parte sólo se produce al final del plazo del alquiler, sobre un valor residual sometido a IVA español, del 16%. El menor coste total, que para mí equivale a un menor coste financiero, viene del diferencial de IVA y sólo de esto. Si hacéis un comparativo de coste total de la financiación en el marco de un leasing francés y en un crédito clásico, veréis que la diferencia es enorme, a favor del leasing, y más en los tiempos que corren (y no está claro que vuestro banco os financie la compra de un barco ....). He firmado recientemente un leasing para la compra de un barco nuevo, con el máximo de financiación (70%) y a 7 años por un coste que equivale a lo que hubiera sido un préstamo a tipo fijo nominal del 4,475% ..... No creo que existan alternativas mejores en estos momentos ...
Ahora bien, el leasing francés tiene algunos inconvenientes: sobre todo, está limitado al 70% del valor total del barco, impuesto de matriculación excluido, así que por ejemplo, si la factura total del barco es de 50.000€ + 8.000€ de Iva + 6.000€ de impuesto de matriculación = 64.000€, sólo te financiarán un máximo de (50.000 + 8.000) x 70% = 40.600€, es decir un 63,4% del total real. Por otra parte el contrato es un tanto complejo, aunque siempre han estado muy atentos en todas las explicaciones que he podido pedir. Finalmente, si queréis vender el barco antes de la finalización del plazo, el coste de una compra anticipada (si vuesto comprador no quiere subrogarse en el leasing) y el coste de subrogación (si el leasing interesa vuestro comprador) son un poco elevados. Sobre todo, puede ser un poco más complicado encontrar un comprador que entienda el mecanismo. En mi caso tuve suerte con el comprador de mi anterior barco, también financiado con leasing francés y vendido antes de la finalización del plazo: lo entendió perfectamente, no puso ninguna objeción al hecho de firmar conmigo (y pagarme) una simple cesión del contrato del que yo era titular con CGMer y firmar la compra posteriormente con CGMer, la cual emitió la factura a su nombre por el valor residual de la fecha de compra (este importe lo había liquidado yo anteriormente) ... con todo esto se benefició, además, del hecho de no pagar ningún impuesto de transmisión.
Así que, de momento, me funciona ...
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