La Taberna del Puerto Almayer
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Antiguo 25-09-2009, 16:00
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Predeterminado Re: Vivir en un barco, legislación, hacienda, derecho y deberes...

Hola a tod@s.

Como bien te ha informado el cofrade Tataoa, NO puede desgravarse nada. Aúnque un barco pueda actuar como una vivienda habitual, incumple totalmente el término de EDIFICACIÖN.

<LI class=texto>Con carácter general se considera vivienda habitual del contribuyente la edificación que constituya su residencia durante un plazo continuado de, al menos, tres años.
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