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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
Siempre caben excepciones, digo yo, si no no se entiende que durante seis años hacienda haya aceptado como mi domicilio mi barco y el ayuntamiento mi puerto como residencia, aceptando el empadronamiento......salud
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llamps i rellamps!!! |
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#2
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Hablamos de desgravar o no desgravar. Desgravar NO SE PUEDE.
Vivir en un barco e incluso que te puedas empadronar en el con la dirección del puerto y pantalan, y se considere DOMICILIO, puede ser, pero no VIVIENDA, a efectos de poder desgravarte el importe invertido en ello. Todos conocemos a alguien que vive habitualmente en un barco en el puerto, e incluso hay alguna publicidad que venden barcos, más por que pueda utilizarse como apartamento flotante que por sus dotes de navegación. ![]() ![]()
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Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante) EA 3 CBT
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#3
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Usted perdone, me referia a lo de domicilio
desgravar como no sea el alquiler del amarre.......pero eso es otra cuestion, salud
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llamps i rellamps!!! |
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