Cita:
Originalmente publicado por LSV
Siguiente paso sería saber como se lo monta un extrangero aquí si trabaja legalmente: tiene que pagar impuestos, tener NIF, residencia, etc.
¿Y nosotros allí?. 
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Pues vamos, un extranjero que quiera currar aquí... pues eso, permiso de residencia y trabajo, NIE, etc... nosotros en el extranjero... su equivalente...
La pregunta es otra... lo pongo en plan práctico:
Imaginemos un barco de recreo de bandera extranjera con puerto base en Palma de Mallorca, cuyo país de bandera no exige titulacion profesional para ejercer como patrón contratado del mismo.
Imaginemos que uno de nosotros está, por ejemplo, en el bar del náutico tomando algo y que un conocido le presenta al armador quien, casualmente, anda buscando un patrón para su barco... y le ofrece el puesto.
¿Podría ese patrón tabernario con un título deportivo español aceptar el empleo y ejercer de capitán del barco cobrando por ello sin infringir ninguna legislación? Esa es la pregunta... otra cosa es cómo organizar el tema de contrato, seguridad social, IRPF y lo que haga falta...



salud!!!