Cita:
Originalmente publicado por IsladeMalta
Hola Jack,
Me parece una muy buena iniciativa. El patrimonio histórico y cultural de un pueblo se debe cuidar con mucho esmero.
Lo que no entiendo tanto es lo del estátuto aparte que piden.
Supongo que hoy en día la Admon. no hace diferencia entre un barco tradicional de uno que no lo es y que este estatuto diferencial permitirá a las embarcaciones tradicionales disfrutar de ciertas ventajas.
¿Alguien sabe de qué ventajas se está hablando?
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Veamos. Es un poco largo de explicar por aquí. Si te lees las últimas entradas en el blog
http://elmareselcami.blogspot.com/ te puedes hacer una idea. Con los documentos internacionales que se citan en la enmienda, también.
Para profundizar un poco más, en el mismo blog que te cito hay una referencia a un documento que podrá orientarte aún más:
«“Protecció del patrimoni marítim i legislació. Patrimoni marítim flotant i legislació marítima”, publicat en el número 9 de la revista “Drassana” l’any 2001».
http://www.raco.cat/index.php/Drassa.../108043/135088
En este enlace puedes descargártelo.