Cita:
Originalmente publicado por Relampago
Esa es la cuestión. Si tú cometes un delito a bordo de un barco con bandera española te juzgarán de acuerdo a las leyes españolas. Aunque hay ciertas excepciones si hay implicadas personas de otros países.
Pero un guardia no puede salir de las doce millas a preguntarte si has pasado la inspección de la balsa.
Sí puede hacerlo si llevas a veinte africanos que intentan entrar ilegalmente en España o si te has traído un par de kilos de souvenirs de Colombia.
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Es que este tema es muy peliagudo amigo Relámpago.
Veamos.
Imaginemos un barco en zona 3, para 25 millas, con todo en regla, pero con patron PER, es decir hasta 12 millas. Sale de Denia a Ibiza, y a las 14 millas lo paran (si lo parasen, claro). NO lo pueden sancionar, están en aguas internacionales. Llega a Ibiza, le piden los papeles en el puerto, (la Guardia Civil). El barco ha llegado legalmente, y su patrón, que es PER, se encuentra en ibiza y su costa de forma legal, pues está a menos de 12 millas de las playas ibicencas, aunque el trayecto haya ido ilegal.
Es posible entonces ir legalmente a Ibiza con PER? Ya se que los títulos dicen que no, pero....