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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Buenos días: una ronda para todos, ¿se puede navegar con el per en otro pais? Por ejemplo Marruecos.
![]() ![]() ![]() Editado por barba roja 68 en 30-10-2013 a las 14:00. |
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#2
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Con el PER patroneas un barco español, da igual en qué país estés. Si el barco tiene bandera de otro país, tendrás que tener el título que exiga ese país (si lo exige).
Salud ![]() |
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#3
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Cita:
![]() entonces si salimos 12 millas estamos en aguas internacionales. ya no hay ley aplicable. ¿ dependería de a que país vallamos? ¿ que te podrían hacer por no llevar la titulación que pida dicho pais?.![]() ![]() ![]() ![]() :v elero: |
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#4
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No no. Esto se ha hablado bastante en otros hilos. Siempre hay ley aplicable. En el caso de la titulación del patrón, corresponde la que oblique la bandera del barco. Si es un barco español, tiene que tener la titulación que exije España. Si es francés, pues la que exija Francia, etc. Lo mismo para las zonas de navegación: si tienes bandera española, tendrás que cumplir la zona de navegación que te ha habilitado la administración española. Si la bandera es francesa (por ejemplo) cumplirás con la zona que te habilite Francia (creo que tiene una zona de menos de 6 millas, y otra de mas de 6).
El país que visites no te va a exigir la titulación que quieren ellos, aunque sí puede que te exijan la titulación que corresponde a la bandera de tu barco. Lo que cada país te pueda hacer por no cumplir una norma, pues ya es harina de otro costal. Fíjate que hay países donde existe la pena de muerte, la lapidación, el fusilamiento, quizás en algunos la amputación de miembros... Pero no creo que los apliquen a las sanciones administrativas. Supongo que lo que te puede pasar si no cumples las normas de un país es que te multen y/o te inmobilicen el barco. El caso es que con un barco español tienes que cumplir la normativa española, estés donde estés, en lo relativo al barco. En el resto de cosas, como la pesca, tendrás que cumplir con la normativa del país donde te encuentres. Navega por los hilos de "Cuestiones legales y asociaciones", porque todas estas dudas ya están habladas y mas que habladas, y seguro que mejor explicadas que lo que he escrito yo. Saludos! ![]() ![]() |
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#5
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Cita:
![]() Haber si me aclaro,hay que comprar el barco donde las leyes sean mas favorables.Para obtener el de capitan.y asi ya no tienes que preocuparte por lo de si te amputan algún miembro.![]() ![]() ![]() ![]() |
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#6
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Creo que hay sitios donde amputan miembros si llevas las bengalas caducadas...
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