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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola y una ronda , estoy comenzando a dedicarme al charter y he comprado un velero que ya ha cumplido los cuatro años , como no estoy seguro pregunto.
¿lo puedo manejar yo para darme un garbeo con los amigos? La documentación está para charter sin tripulación y me han dicho que una vez pasados los cuatro años el propietario lo puede llevar , pero...con esta legislación tan estrecha , voy acojonado hasta para hacer gasoil. ¿Alguna luz sobre tan escabroso tema? PD El barco lo compré exento de imp. de matriculación e IVA. Salud y buen viento. ![]()
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Navegar es preciso |
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#2
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Lo siento amigo pero la respuesta es no. No puedes darte paseitos con un instrumento de trabajo. Asi q ten cuidado. Esto lo se porq conozco un barco antiguo de regatas que cuando se vendio siguio con la misma matricula en 6º y solo se le ocurrio salir a ver a la virgen del carmen en procesion y le precintaron el barco.
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#3
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La verdad es que mi intención es de lo mas sana , para darme vueltas tengo a mi viejo y seguro Tito Zenón , un Tornado 31 (en 7ª) con el que me entiendo perfecto , pero como tengo que explicarle a la peña como va el barco , pues claro si no lo has navegado es dificil además de hacerle la puesta a punto o ir a por gasoil . En fin....yo había oido que el tema caducaba a los cuatro años.
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Navegar es preciso |
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#4
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Cita:
Se entiende que has de poder realizar el mantenimiento del barco, pero para ello el Capitán Marítimo, para el día concreto en que lo solicites, te firma un permiso especial. Saludos. ![]() Rog
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Y a la voz de: " ¡¡ A por ellos, que son pocos y cobardes !!, se abalanzaron sobre el que suscribe..."
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#5
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A partir del cuarto año a prescrito el pago de Impuesto de Matriculación y del IVA.
No se en que condiciones habrás comprado el velero, pero si el mismo está a tu nombre supongo que habrás liquidado los impuestos correspondientes de transmisiones patrimoniales, (como cualquier vehiculo) de acuerdo con las tablas publicadas por la Agencia Tributaria. A partir de eso, efectuar el tramite para cambio a lista 7ª no es caro ni complicado. Al haber prescrito los impuestos indicados en Capitania no te exigiran la demostración de su pago, aunque si te pedirán el pago del impuesto sobre transmisiones. Si piensas seguir con el negocio de charter, debes de segir cumpliendo con todas las obligaciones fiscales, trismetral de IVA, y llevar los correspondientes registros. En cuanto a llevarlo tu, para uso propio esporadicamente, pues creo que despues de los cuatro años transcurridos, no tiene porque haber problema alguno. Las leyes están claras no se ha realizado nada que haya incumplido durante esos cuatro años la causa de la exención y por tanto una vez transcurrido ese periodo no tiene por que haber problema. En las inspecciones de Hacienda que se hacen a las embarcaciones en lista 6ª y una vez superada la misma de modo favorable, en el ACTA de la Agencia tributaria suele señalarse: "En su virtud debe concluirse que, en el presente caso, se cumplen las condiciones establecidas por el articulo 66 1 f) de la Ley 38/1992 de los Impuestos Especiales para la el disfrute de la Exención del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte correspondiente a la primera matriculación definitiva de la embarcación ........................... matricula 6ª................................ Sin pejuicio de lo anterior, de conformidad con lo establecido en el articulo 65.3 de la Ley antes citada, la modificación de las circunstancias y requisitos determinantes de la concesión de la exención (es decir la actividad de Alquiler de embarcaciones de recreo de forma única y exclusiva) durante el periodo de 4 años contados a partir de la fecha de Inscripción el el Registro Maritimo, ..... de..........de 2004, se considerará hecho imponible del Impuesto y dará lugar a la autoliquidación e ingreso del mismo". Por lo antes expuesto, creo que transcurridos los 4 años, no pueda la Agencia Tributaria dar pie a la exigencia del pago de los impuestos. Otra cosa sería que te "pillaran" despues de los 4 años e intentáran averiguar si desde la fecha del Acta en cuestión en que te reconocen la exención hasta la fecha final se han realizado Alquileres que dan lugar a seguir reconociendo la actividad y por tanto que si has cumplido con los requisitos. Si mediase una denuncía con posterioridad al Acta y antes de los cuatro años, pues seguro que tendrías que pagar. Si las cosas se han hecho bien y durante los cuatro años esa embarcación se ha estado alquilando con normalidad y presentado los impuestos y actividad, no le veo más problema. ![]() ![]()
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Confiar en el viento es como creer en la buena fe del diablo (R. Wagner - el Holandes Errante) EA 3 CBT
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#6
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Tatatoa ya lo ha explicado detalladamente, añadiré sólo un par de cosillas:
La prescripcion del IEDMT (Impuesto de Matriculación) se produce a los 4 años de la MATRICULACION del barco (no de su construcción). Entiendo que lo has comprado ya en lista 6ª, y que llevaba 4 años en la misma. Si tuviera bandera extranjera y lo matriculas en 6ª, los 4 años empiezan a contar desde ese momento, independientemente de la edad del barco. Si vas a dedicarte al charter, imagino que te habras dado de alta en el Epigrafe Fiscal correspondiente. Para mantener la lista 6ª en la transmisión, Capitania te lo exige previamente. Entiendo que en ese caso el vendedor te habrá hecho una factura con el IVA correspondiente (aunque él lo comprara exento). En cuanto a las salidas de uso privado, dado que son un rendimiento en especie, y para que no tengas problemas por los IVAs deducibles, mejor te las facturas a ti mismo (como persona física) para soportar ese IVA. Con esas condiciones no creo que debas tener ningún problema fiscal. ![]() |
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#7
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Roger creo que un pasavante es un documento que expide un cónsul español para poder traer a España un barco que está en otro país. Además ese documento no puede superar nunca una validez de 6 meses, plazo máximo para matricularlo.
Salud ![]()
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![]() RAFNI KAI www.RAFNI.es "Sean felices, porque la vida es urgente. La vida es una y ahora, así que hay que vivirla a tope y con intensidad" |
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#8
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Cita:
Pero yo, cada vez que llevo mis barcos a revisión, pido un pasavante en Capitanía. Lo mismo que cuando se hacen las pruebas de mar en Barcelona para las revistas, se solicita a la Capitanía un pasavante. O un transporte entre las bases de la península y Baleares para la temporada de chárter. A lo mejor ese nombre sirve para varias cosas. Rog
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