Desconozco la normativa que regula estos asuntos pero lo que relatas no es nada para lo que me pasó a mí el pasado martes por la tarde sobre las 17.00.Siendo que estaban realizando desde un barco de pesca ,las mismas prácticas que mencionas pero invadiendo y lanzando las redes y palangres en la misma entrada del río Odiel y en medio de todo el canal balizado por el que entran y salen todos los mercantes del puerto de Huelva .... y no se cortaron un pelo;me vieron que venía por el canal entrando a vela(enfilado desde la boya de recalada) y se me cruzaron a menos de 50 mts sin parar de lanzar redes.De hecho les podía oir como echaban quinielas de si me enganchaban o no,y yo acojonado porque para colmo había una marejada incómoda y poco viento y temía quedarme enrredado ,sin gobierno y en medio de un canal balizado con bastante tráfico(aunque no ,en ese momento) de mercantes.Hice fotos y pensé en denunciarlos,pero luego subió el viento y pude llegar ciñendo a 5/6 nudos hasta la misma bocana del puerto y se pasó el cabreo.



Copio regla del RIPA
REGLA 9. Canales angostosc) Los buques dedicados a la pesca no estorbarán el tránsito de ningún otro buque que navegue dentro de un paso o canal angosto.