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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#7
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Hola, yo practico el kayak de playa, y sobre reglamentación, la cosa está liadísima.
En primer lugar por las esloras, más de 3 metros o menos. En segundo lugar, aunque casi todos son considerados artefactos flotantes, en algunas playas, como la de Mataró, no te permiten introducirte en el agua si no es por la zona balizada. Y resulta, que la zona balizada está en una playa concreta o zona de varada, pero el resto de playas de Mataró, como no tienen zona balizada para entrar o salir al mar las embarcaciones, pues no te dejan directamente. Esta versión es la que defienden los de la Cruz Roja de aquí, que no tienen ni idea directamente de nada, pero algún listillo por encima de ellos, les ha dicho que esto es así, y punto pelota, no entran en razones. El kayak, al ser artefacto de playa, puede entrar y salir al mar por cualquier punto de la zona de baño, pero la lógica impone hacerlo perpendicular a la costa, y remando a menos de 3 nudos, ...por los bañistas, etc. En teoría, el artefacto flotante no debe alejarse más de 200 m de la costa, pero los de aquí Mataró, los niñatos de la CR, te dicen que tienes que remar fuera de esa zona, porque la interior, está prohibida para la navegación. Así de claro te lo dicen, y repito, discutir o intentar aclararles nada es absurdo. Por lo que yo estuve mirando, en cuanto a normativas, en teoría el kayak puede alejarse hasta un par de millas de la costa, comprendida entre puntos protegidos o algo así, ya no lo recuerdo, pero tampoco tiene porqué tener prohibida la zona de menos de 200 m a la costa. La verdad es que de nuevo la normativa no aclara nada, parece que la hayan redactado después de unos cuantos güiskis, por los diferentes apartados contradictorios que tiene al respecto. |
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