Cita:
Originalmente publicado por EASYWIND
TABERNEROOO, PON UNAS RONDAS POR AQUÍ, QUE ESTOS TIMONELES Y YO ESTAMOS SEDIENTOS Y CON SAL EN LOS LABIOS,    , ME DIRIJO A VOSOTROS PARA PREGUNTAROS UNA CUESTION DE AMBITO LEGAL ES LA SIGUIENTE; SI UNA PERSONA TIENE UNA EMPRESA DE CHARTER CON UNA EMBARCACIÓN EN LISTA 6ª, PUEDE USARLA DE VEZ EN CUANDO DICHA PERSONA LA CUAL ES LA TITULAR DE LA EMPRESA Y BARCO?, SI LA RESPUESTA ES NEGATIVA, POR FAVOR, HABRIA ALGUNA SOLUCIÓN O "TRUCO" LEGAL, PARA ADEMAS DE EXPLOTAR ECONOMICAMENTE EL BARCO PUDIERA DISFRUTARLO A LA VEZ?, GRACIAS A TODOS UN SALUDO 
|
Pues efectivamente la respuesta es negativa.
Truco legal para evitarlo ?? hombre pues complicado porque la agencia tributaria está persiguiendo esta norma con bastante inquina dado la cantidad de impuestos de los que te libras haciendo lo que comentas.
vamos que si pillan al armador de dicho barco a título particular, así como a familiares suyos navegando con el barquito, te cae una multa de cuidado.
Hace unas semanas se dio el caso en este mismo foro de un cofrade a quien la Guardia Civil le había parado en plena gasolinera del puerto, diciéndole que no podía gobernar dicho barco ni para llevarlo del amarre a la gasolinera, así que la cosa esta bastante vigilada.