La Taberna del Puerto Cleansailing
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  #1  
Antiguo 28-09-2011, 18:15
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Predeterminado lista 6ª, impuestos y uso personal


Llevo tiempo leyendo al respecto del título del post y me gustaría a modo de síntesis que los expertos de este rincon de la taberna (que haberlos haylos) me dijeran si es correcto:

Compro un barco de segunda mano del año 1997 en lista 7ª, hago una sociedad a mi nombre para explotar el barco, lo paso a lista 6ª y pido permiso a capitanía para explotarlo... Como tiene mucho mas de 4 años no tengo ningun problema para compaginar el alquiler del barco y mi uso privado.
Duda:¿puedo seguir deduciendo el IVA de los gastos que me genere mi sociedad aunque en algunas ocasiones lo utilice sin fines lucrativos?
A ver que me decis
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  #2  
Antiguo 29-09-2011, 19:54
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Predeterminado Re: lista 6ª, impuestos y uso personal

sólo se debe deducir el IVA que soportan las operaciones que son necesarias para ejercer la actividad. En el caso de que la actividad sea 70 % de uso particular y 30 % de negocio, solo se debería deducir ese 30%, declarando el resto del IVA como gasto.

Tambien podríamos entrar en la "retribución en especies", por lo cual una empresa tiene un bien (digamos barco o coche) a nombre de la sociedad y que cede ese al socio, o empleado, eso suele considerarse como una retribución y debería de declararse en renta, y efectuar los ingresos a cuenta por parte de la empresa, en la valoración que se atribuya.

Considero que lo mejor en un caso de que la empresa se dedique al charter (lista 6ª) y sólo esporadicamente se utilice para uso propio, los gastos de combustible y mantenimiento etc. pueden ser deducibles ya que no serán significativos con respecto a los ingresos.

Ahora bien, imaginemos que la empresa factura 1000 Euros al año, y presenta gastos de combustible, velas, mantenimientos etc. por valor de 10.000 , eso "canta" demasiado, y por tanto seguro que llaman a la puerta.

Se tiene que tener siempre todo muy bien documentado.

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vaigfort (29-09-2011)
  #3  
Antiguo 29-09-2011, 20:12
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Predeterminado Re: lista 6ª, impuestos y uso personal

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Originalmente publicado por vaigfort Ver mensaje

Llevo tiempo leyendo al respecto del título del post y me gustaría a modo de síntesis que los expertos de este rincon de la taberna (que haberlos haylos) me dijeran si es correcto:

Compro un barco de segunda mano del año 1997 en lista 7ª, hago una sociedad a mi nombre para explotar el barco, lo paso a lista 6ª y pido permiso a capitanía para explotarlo... Como tiene mucho mas de 4 años no tengo ningun problema para compaginar el alquiler del barco y mi uso privado.
Duda:¿puedo seguir deduciendo el IVA de los gastos que me genere mi sociedad aunque en algunas ocasiones lo utilice sin fines lucrativos?
A ver que me decis
Independientemente del tema de impuestos, antes de hacer eso, pasa por Capitanía y prefgunta si te lo matricularían en 6ª.


He leido por ahí que para que te lo autoricen y matriculen en 6ª es un requisito imprescindible que cumpla con SOLAS III/Q o algo parecido (escribo de memoria)...

Todavía no he podido concretar lo que eso implica..., pero tiene muho que ver con el diseño del barco y sus características y su categoría de diseño y homologaciones...

Así que ojito con comprar barcos antiguos para matricular en 6ª sin asegurarse antes de que te lo aceptarán.


Por cierto, si algún cofrade versado en la materia puede aclarar este tema, se lo agradeceré.

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Iñaki
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  #4  
Antiguo 29-09-2011, 20:35
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Predeterminado Re: lista 6ª, impuestos y uso personal

:brindis
Hola Iñaki, tendremos que mirar que dice dicho convenio internacional... tengo casi todos los capítulos que ha publicado el ministerio a precio de fotocopia pero el capítulo III no lo tengo... se que va de Dispositivos y medios de salvamento, por tanto no entiendo donde puede estar el problema ya que estos dependen de la categoría de navegación... digo yo.
Saludos
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  #5  
Antiguo 29-09-2011, 20:50
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Predeterminado Re: lista 6ª, impuestos y uso personal

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Originalmente publicado por vaigfort Ver mensaje
:brindis
Hola Iñaki, tendremos que mirar que dice dicho convenio internacional... tengo casi todos los capítulos que ha publicado el ministerio a precio de fotocopia pero el capítulo III no lo tengo... se que va de Dispositivos y medios de salvamento, por tanto no entiendo donde puede estar el problema ya que estos dependen de la categoría de navegación... digo yo.
Saludos
Bueno pues te agradeceré que me mantengas al corriente de lo que descubras en este tema y yo haré lo mismo.

Ya decía que no he podido mirarme el tema en profundidad y que no sé lo que implica. Quizás no afecte más que a su equipo de seguridad y no importe que el barco sea antiguo.

Pero, en cualquier caso, yo preguntaría en Capitanía antes de comprar el barco...., por si acaso.
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Iñaki
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  #6  
Antiguo 30-09-2011, 13:17
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Ya lo tengo, viene a ser el antiguo marcado CE que ahora llevamos, que en mi caso (embarcación de 1997) ya cumple...

Te paso el enlace:
http://www.nauticalegal.com/es/artic...n-para-charter

Es un buen artículo y para mi resuelve nuestra duda...
Saludos

Editado por vaigfort en 30-09-2011 a las 13:22.
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