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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola cofrades, vayan unas rondas y os cuento.
Como tenía ciertas dudas sobre las delimitaciones de la zona 5, que no era capaz de aclarar a traves de la internete, ayer me arme de valor y me fui a la Capitania Maritima haber si alli me lo aclaraban ![]() El caso es que en mi Permiso de Navegacion en el apartado "Zona de navegacion" pone : Navegacion en la cual no se aleje mas de 5 millas de un abrigo o playa accesible. Y en titulacion minima requerida PNB Bueno pues yo he leido en la web del ministerio de fomento en lo relativo a material de seguridad que tratan a la zona 5 como la zona paralela a la costa 5 millas. Esto mismo se lo comento a la funcionaria y agrego que a lo mejor me pusieron esa limitacion por la titulacion requerida que efectivamente esta limitada a las 5 millas de un abrigo. Y si es por eso prefiero que me pongan en titulacion minima PER. Solucion aportada por la funcionaria, que cambie de zona. ![]() Entonces pregunto cuales estan consideradas playas accesibles y abrigos en mi costa para tener claro hasta donde puedo navegar. No lo sabe, me dice que pregunte en el edificion de enfrente (Autoridad Portuaria). Ya empezamos.... voy paya.... no saben que a lo mejor en Operaciones portuarias me pueden informar (otro edificio) .Mejor me voy a casa y si eso... otro día. ![]() ![]()
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Si sales a navegar no te canses de preparar.
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#2
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Hola, saludos desde el Mediterraneo,
, perdona no entiendo cual es el problema ¿ tu tienes el PER ? , yo tengo CY y navego con un Puma 23, despachado en cat. 6 ( hasta 2' de costa) y aunque tenga CY no puedo alejarme mas de 2', lo que significa en tu caso que la embarcacion no la puedes manejar con titulo inferior al PNB pero por tener titulacion superior no pasa nada, creo que te estan mareando las autoridades, pasa de ellos, si tienes PER no problem.Un saludo... |
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#3
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Cita:
La duda que yo tengo es que no tengo claro si zona 5 es permitida la navegacion hasta 5' de la costa, es decir la franja paralela a la costa hasta 5' o solamente hasta 5' de una abrigo o playa accesible. (accesible a que?) personas, aviones, submarinos, cohetes interestelares? ![]()
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Si sales a navegar no te canses de preparar.
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#4
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Pues digo yo y sin animos de ir de listillo, que accesible para tu embarcación en caso de necesidad. Pero que vamos, no se cuantas zonas de nuestro litoral no dispondran de alguna playa o abrigo,,,, solo se me ocurren zonas de acantilado puro y aun así, en estas zonas alguna cala a resguardo encuentras,,, al menos por aquí.
Si dudas, nunca esta demás echarle un ojo a las cartas de la zona por la que pretendes navegar y salir de dudas ¿no? |
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#5
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Hola de nuevo,
. Son 5' de costa.Un saludo. |
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#6
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Saludos,
. Con tantas rondas acabaremos borrachos. Fijate que en la pagina de Fomento deja bien claro: distancia a la costa...http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CAST..._de_seguridad/ Hasta pronto |
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#7
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Cita:
"Zona «5». Navegación en la cual la embarcación no se aleje más de 5 millas de un abrigo o playa accesible."
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"Born to sail, but forced to work..." |
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#8
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¿en que parte de la costa mediterranea no existe un abrigo o playa accesible que este separada de otra mas de 10 millas?, y digo bien 10 millas porque cuando este a cinco de una estare a cinco de la otra,no se si se me entiende.creo que toda la costa mediterranea es navegable para un pnb
siempre que el barco este en la categoria 5. es mi opinión y yo lo hago asi |
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#9
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Esto dice el diccionario,
Abrigo. mar. Lugar de la costa que sirve a las embarcaciones para resguardarse de los vientos o del mar. Pues entonces la costa Española te permite navegarla completamente en paralelo porque en sus 7880 kilometros de costa siempre habra un lugar sea artificial o natural que cumpla con el requisito de "abrigar" que marca la ley. No le des mas vueltas, las millas siempre se aplican en paralelo a la costa. ![]() ![]() |
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nadie (27-10-2011) | ||
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#10
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siempre habra un lugar sea artificial o natural que cumpla con el requisito de "abrigar" que marca la ley.
Bueno vale![]()
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Si sales a navegar no te canses de preparar.
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#11
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Cita:
Y lo de las 10 millas es falso, si estas a pongamos 3 millas de tierra, la distancia entre abrigos no puede ser 10, mas bien 6, triangula y calcula la distancia. Editado por jiauka en 27-10-2011 a las 20:55. |
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#12
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Que cada cual lo interprete como quiera, esta conversacion la tuve hace un tiempo con un responsable de la GC del mar de la zona Sur de Barcelona, y me dijo que siempre se aplica en paralelo a la costa y que de por si toda la costa se considera "abrigo".
Saludos y y mal fin de semana para navegar ![]() |
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nadie (28-10-2011) | ||
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#13
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Cita:
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#14
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En Zona 5 no te puedes alejar más de 5 millas de un abrigo
o playa. Coge la carta de tu zona y traza círculos correspondientes a 5 millas de cada abrigo/playa y verás hasta donde puedes ir costeando. Piensa en el peor de los casos (marea, temporal, olas) para determinar si son realmente accesibles. ![]() ![]()
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#15
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Vamos a ver;
Si especificara "puerto o puerto base" no daria lugar a dudas, todos sabemos lo que es un puerto. Abrigo y playa accesible es una terminologia muy amplia, que ley regula o especifica lo que es un abrigo o playa? Ninguna, porque es imposible, lo que hoy es un abrigo o playa accesible mañana puede no serlo a causa de la climatologia, entonces que hacemos, dependiendo de la meterologia un dia es legal y el otro no navegar por determinada zona? Me temo que no, no hay forma humana de regular eso, por eso "dicen" a 5 millas en cualquier direccion de un abrigo o playa accesible, que no es nada mas ni menos que un lugar donde poder desembarcar en caso de necesidad, y por nuestra geografia nuestra costa presenta pocos o ningun lugar donde en 5 millas no exista un abrigo o playa accesible que te permita desembarcar en caso de emergencia. Eso es el extracto que saque de la conversacion con la GC, de todas formas le voy a preguntar al Capitan maritimo a ver si me cuenta el porque se regulo como "abrigo o playa" en vez de linea paralela a la costa que alguna explicacion tienen que tener. ![]() ![]() |
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nadie (31-10-2011) | ||
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