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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#13
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Cita:
Perteneceras al COMME digo yo!! Ahi va el COMME "14/07/2010 CERTIFICADO DE FORMACIÓN SANITARIA El RD 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas sobre protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar, establece en su artículo 14 que los capitanes, patrones y el personal encargado de la titulación, control y mantenimiento del botiquín deberán recibir una formación sanitaria específica que se actualizará obligatoriamente con una periodicidad máxima de cinco años. Posteriormente con la publicación de la ORDEN PRE/646/2004, de 5 de marzo, por la que se establecen los contenidos mínimos de los programas de formación sanitaria específica y las condiciones para la expedición y homologación del certificado de formación sanitaria de los trabajadores del mar. (BOE nº 62, 14.3.2004) se acordó por parte de la DGMM la inclusión de los certificados de formación sanitaria específica avanzado y los certificados de formación sanitaria específica inicial en las tarjetas profesionales de la Marina Mercante, si bien esta Orden no preveía los mecanismos necesarios para la actualización de conocimientos dispuesto en el citado Real Decreto. La Resolución de 14 de junio de 2010, del Instituto Social de la Marina, sobre contenidos mínimos de los programas de actualización en formación sanitaria específica, condiciones que deben reunir los centros de formación y homologación de centros privados para la impartición de formación sanitaria específica (BOE nº 147,29.06.2010), ha cubierto el vacio legal existente en materia de actuación de estos cursos. Dado que la aplicación de esta Resolución conlleva la inclusión de fechas de caducidad en los certificados de formación sanitaria y consecuentemente su correspondiente traslado a las distintas tarjetas profesionales expedidas por la Dirección General de la Marina Mercante, lo que provoca la renovación de los mismos cada vez que dichos certificados caducan, a partir de esta fecha no se incluirán dichos certificados en las mencionadas tarjetas. No obstante, como prevee el Art. 4 sobre "Personas obligadas a recibir formación sanitaria" de la ORDEN PRE/646/2004, el certificado de formación sanitaria específica avanzado y el certificado de formación sanitaria específica inicial seguirá siendo exigido para el enrole del tripulante" O sea Para ser oficial de puente o capitan hay que tener el certificado de Formacion Sanitaria Avanzada,y ese....es tan valido como el de Patron Profesional de Recreo. Pues bien, y si yo te digo que tu no eres capaz de atender una urgencia en alta mar, te lo crees? Te lo dice un shipdoctor, metido en la pomada de la M.M, con libreta profesional de embarque y todos los cursos SCTW 95 que ha navegado con la Marina Mercante española y la inglesa Crees que es igual navegar con medico a bordo que con un cursillito de cuidados sanitarios? Pues dejame que te diga, que eso dice la legislacion y dejame que te afirme que un PPER esta mucho mas preparado para navegar a vela a 200 millas de la costa, que un marino mercante de carrera para afrontar una urgencia en alta mar. Muchos de vosotros habeis cometido errores de bulto que han costado accidentes por dar lo que no era o aplicar lo que no habia que aplicar. Asi que no vengas a dar clases de lo que es correcto o no lo es y lo que deberian quitar o no, o si deben de dar practicas los PPER o no,porque entonces te voy a decir yo que tu nivel de conocimientos de medicina maritima es cero patatero. Respeta majete,respeta, que todavia no entiendo como es posible que siendo el de formacion sanitaria avanzada un curso sin el que no se puede optar a mando en un buque, dota al que lo tiene de unos conocimientos cogidos con alfileres que se caen a la hora de atender cualquier emergencia medica. Es eso correcto? Pues si la ley vale para ti vale para todos los PPER, que por otra parte, SI son marinos porque tienen libreta profesional y sus cursos hechos y la habiltacion regulada por RD. Cuentan ademas con algo adicional, la mayoria de ellos llevan haciendo vela deportiva muchos años y eso es tambien experiencia y ahora que le haceis cumplir todos los requisitos..ahora los mirais por encima del hombro, y decis que no son verdaderos marinos...pero cooo....o si lo dice la DGMM un PPER es un profesional de la marina Mercante os guste o no aunque se dedique a lista 6ª o 7ª de recreo Como se dice en Cadiz: Tirate de la moto ![]()
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Cedemont El hilo del STIX,"Veleros que aguantan el mal tiempo y los que nunca lo harán" Editado por Cedemont en 08-11-2011 a las 09:34. |
| 4 Cofrades agradecieron a Cedemont este mensaje: | ||
CARMEN ROSA (11-11-2011), dayworker (07-01-2015), FrancisDrake (11-11-2011), javierskipper (08-11-2011) | ||
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