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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola amigos:
¿Sabeis que tal son de estrictos la guardia civil respecto a eslora y titulín? El titulín capacita para 6m ¿Para 6,20 m pondrían problemas? ![]() ![]() ![]() Zona de Huelva y Cádiz Un saludo a todos |
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#2
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Cita:
Saludos. ![]()
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Si Dios nos creó con dos orejas, dos ojos y una sola boca, es porque tenemos que escuchar y ver dos veces antes de hablar .. |
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#3
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una ronda que no falte
![]() ![]() ![]() ![]() Yo siempre que me hacen estas preguntas de si por un centímetro pasas o no pasas, contesto lo mismo. ¿puede que la GC por esos 20 cm no te digan nada y pasen de meterse por esa cuarta? lo más probable es que no te pongan ninguna multa (pero si te la ponen está bien puesta eh!!) pero si tienes la desgracia (Dios no lo quiera) de tener un golpe en el barco y lesionar a alguien (o algo peor), ten por seguro que el seguro se lavará las manos ya que estás patroneando un buque para el cual no estás habilitado. Al final la multa puede ser algo anecdotico (o no dependiendo de tus posibilidades económicas) pero como te pase lo que dije antes no te llegan 50 vidas para pagar los daños. |
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#4
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Me imagino que en los papeles vendrá esos 6,20 m
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#5
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Un poquito de paciencia, por favor. Pudiera ser que después de las elecciones se apruebe un borrador que equipare el titulín al PNB. O sea 8 metros de eslora.
Mientras tanto cuidadín, que las multas son sonoras. ![]() Un saludo y ![]() |
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#6
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En los papeles que es lo que cuenta para la GC y para el seguro, siempre viene una medida menor.
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Navegar sin temor en el mar es lo mejor, y si el cielo esta muy azul, el barquito va contento por los mares lejanos del Sur. ![]() Socio Anavre : 784 |
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#7
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Cita:
Gracias! ![]() |
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#8
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Cita:
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Nabregar: "Acción de desplazarse por la mar en un barco que da mucho, pero que mucho trabajo" ¡¡¡Os estoy vigilando!!! ![]() Tractorista y motero |
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#9
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En esta misma pagina de titulaciones, busca el título:
Eliminan el PNB y ............. Saludos y ![]() |
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#10
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a un colega mio por 10 cm lo pasaron por la quilla,
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#11
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#12
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Creo que os estais confundiendo con la eslora de flotación.Esto no es lo que determina la titulación ni es la que figura en la documentación.La eslora válida a efectos de títulación es la eslora iso que debería ser la eslora total, que viene en la documentación del barco, donde además te señalan la titulación minima para el gobierno de ese barco.
Hay barcos que miden 8,03 y la documentación refleja 7.86, pues bien esta última medida es la que vale, y te permite el manejo de esa embarcación con el pnb. La de 6.20 igual, miras la eslora en papeles y si son 6.20,o 6.01 no se puede llevar con titulín, y no vale decir que si es por solo un centímetro, la cuestión es si se puede o no, y no se puede. Si por el contrário viene reflejada una eslora de 5.83, o 5.99, entonces la puedes llevar aunque el barco mida realmente 6.20. No se si me explico. ![]() |
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#13
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En cuanto a la pregunta de si estrictos o no.Esa no es la cuestión.La cuestión es si llevas´el título que se requiere para manejar ese barco.
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#14
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Con el carnet de moto de 125 cc se puede llevar una de 150 cc ?? es solo un pokito mas.... creo que esta claro
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