
24-11-2011, 13:23
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Pirata
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Re: compulsar DNI
Que yo sepa los Registros Marítimos son competencia del Ministerio de Fomento y, por tanto, forman parte de la Administración General del Estado (AGE); administración ante la cual, desde hace casi cinco años, no hay que presentar fotocopias del DNI, ni simples ni compulsadas, en el ámbito de cualquier expediente administrativo a cargo de unidad, entidad o departamento en el ámbito de su estructura orgánica.
Así lo establece el Real Decreto 522/2006, de 28 de abril:
En los procedimientos cuya tramitación y resolución corresponda a la Administración General del Estado o a los organismos públicos vinculados o dependientes de aquélla, no se exigirá a efectos de comprobación de los datos de identificación personal, a quien tenga la condición de interesado, la aportación de fotocopias del Documento Nacional de Identidad. (…) La comprobación o constancia de los datos de identidad de quienes tengan la condición de interesado en dichos procedimientos administrativos a que se refiere el apartado anterior se realizará de oficio por el órgano instructor, de acuerdo con los datos de identificación que obren en sus archivos, bases de datos u otros fondos documentales. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, en los procedimientos para cuya tramitación sea imprescindible acreditar de modo fehaciente datos personales incorporados a los documentos de identidad de quienes tengan la condición de interesado, el órgano instructor podrá comprobar tales datos mediante un Sistema de Verificación de Datos de Identidad. En todo caso será preciso el consentimiento del interesado para que sus datos de identidad personal puedan ser consultados por este sistema por el órgano instructor, debiendo constar dicho consentimiento en la solicitud de iniciación del procedimiento o en cualquier otra comunicación posterior. A tal efecto, la prestación del consentimiento del interesado podrá hacerse constar expresamente en el recibo de presentación de la solicitud (…).
El Sistema de Verificación de Datos de Identidad es operativo desde el 1 de Enero de 2007, como indica expresamente la Orden PRE/3949/2006, de 26 de diciembre, por la que se establecen los procedimientos de acceso al Sistema de Verificación de Datos de Identidad.
  
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