Respuesta: Modificacion Anexos Fom 3200/2007
Se decia que algunos títulos como el Candiense o portugues no se podian canjear, según esto ya son plenamente reconocidos previa demostración de la residencia en el Estado expedidor, creo que esto antes no lo expecificaba
ANEXO XII Títulos expedidos por otros Estados
Serán admitidos por la Dirección General de la Marina Mercante las titulaciones para el gobierno de embarcaciones de recreo emitidas por aquellos Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, además de los que figuran en el siguiente cuadro. La persona que esté en posesión de un título para el gobierno de embarcaciones de recreo emitido por un Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o por uno de los incluidos en el siguiente cuadro, deberá demostrar su residencia en el Estado expedidor del título en el momento de la expedición, si su nacionalidad difiere con la de dicho Estado expedidor.
|