La Taberna del Puerto El seguro de mi barc
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Predeterminado Diferencia excursion marítima y charter

En la página de fomento pone esto:


El arrendamiento o chárter de embarcaciones de recreo se encuentra regulado básicamente en la Orden del Ministerio de Transporte, Turismo y Comunicaciones de 4 de diciembre de 1985 (BOE de 13 de diciembre de 1985, número 298), con excepción de las denominadas excursiones marítimas; es decir, aquellas travesías en las que se vende un pasaje turístico para mostrar fondos marinos, avistamiento de fauna marina, etc.

He intentado encontrar legislacion donde se especifique mejor cuando una actividad es charter o cuando es excursión marítima y no encuentro nada.
¿Alguien me puede explicar la diferencia o decirme donde consultarla? El caso de una golondrina o de un glass bottom boat esta claro, pero llevar a gente a avistar cetaceos o a dar un paseo?

Gracias y unas birras buenas que ya me olvidaba de invitar y ya sabemos que sin combustible la maquinaria no funciona....
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