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  #1  
Antiguo 16-04-2012, 21:54
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Predeterminado Se Puede Llevar Embarcacion De Titulin Con El Patron Moto Nautica A???

Buenas a todos y antes de nada que corra la birra

aver tengo un amigo que me a preguntado sin con el patron de moto nautica a podria llevar una embarcacion apta para titulin legalmente, yo creo que no, pero le e dicho que consultaria con vosotros ya que aqui hay mucha sabiduria y se que alguien lo sabra cierto, bueno ya me vais diciendo lo que creeis y lo que sabeis, un saludo y otra ronda para que veais que no os va a faltar combustible
:brin dis:
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  #2  
Antiguo 16-04-2012, 22:32
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Predeterminado Re: Se Puede Llevar Embarcacion De Titulin Con El Patron Moto Nautica A???

mi respuesta es No, esto más o menos lo aclara y determina las atribuciones de cada titulo




A partir del 8 de marzo de 2002 se actualizan las medidas de seguridad en lo referente a la utilización de las motos náuticas en uso particular. A partir de la fecha se habrá de estar en posesión de alguno de los títulos náuticos de Patrón de Navegación Básica, Patrón de Embarcaciones de Recreo, Patrón de Yate o Capitán de Yate.


Puesto que la actual legislación establece que en caso de no poseer ningún título náutico deportivo, los interesados deberán realizar alguno de los tres de nueva creación, específicos para esta navegación:

  1. Patrón de Moto Náutica A: gobierno de motos náuticas de potencia igual o superior a 110 CV.
  2. Patrón de Moto Náutica B: gobierno de motos náuticas de potencia superior a 55 CV e inferior a 110 CV.
  3. Autorización federativa de patrón de moto náutica C: gobierno de motos náuticas de potencia inferior a 55 CV.
En Cataluña los títulos de Patrón de motos náuticas A y B, serán expedidos a través de la Dirección General de Pesca y Mar de la Generalitat, y el Patrón de motos náuticas C por la Federación Catalana de motonáutica.


Para obtener los títulos A y B, será necesario aprobar un examen teórico, realizar unas prácticas de navegación, y superar el reconocimiento médico específico para el gobierno de embarcaciones de recreo.


Para obtener la titulación de nivel C deberá realizarse con éxito el examen teórico tipificado por la Federación Catalana de Motonáutica y el mismo reconocimiento médico que para los títulos superiores.


Paradójicamente, el título de PATRÓN DE NAVEGACIÓN BÁSICA (PNB), es el más adecuado para la utilización de motos acuáticas.

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  #3  
Antiguo 16-04-2012, 22:34
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Predeterminado Re: Se Puede Llevar Embarcacion De Titulin Con El Patron Moto Nautica A???

AUTORIZACIÓN FEDERATIVA "TITULÍN":
AtribucionesCondicionesGobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 6 metros de eslora y una potencia máxima de 40 Kw. y de motos náuticas cuya potencia no exceda los 55 CV, en navegación con luz diurna en áreas delimitadas por la capitanía marítima, no superiores a las atribuciones correspondientes al título de patrón de navegación básica.
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jairoyo (16-04-2012)
  #4  
Antiguo 16-04-2012, 22:36
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Predeterminado Re: Se Puede Llevar Embarcacion De Titulin Con El Patron Moto Nautica A???

No puede, solo motos nauticas. Para poder llevar barco y moto PNB en adelante.
Una rondita
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  #5  
Antiguo 16-04-2012, 22:45
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Predeterminado Re: Se Puede Llevar Embarcacion De Titulin Con El Patron Moto Nautica A???

bueno unas :brin dis: y muchas gracias por la aclaracion, yo pensaba que no se podia pero no lo tenia claro porque se supone que el moto nautica a es mas que el titulin, pero supongo que como no entra temario sobre barcos no convalida, esque mi amigo tiene ya el moto nautica a y ahora se esta mirando una embarcacion apta para titulin, de ahi el querer saber que necesita, yo le e aconsejado que se saque el p.e.r y que no se maree mas porque si luego quiere una embarcacion mayor estara en las mismas, buena muchas gracias por vuestras respuestas y buenas noches cofrades:brind is:
la de antes de dormir que no falte
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