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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#626
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A IMystic, le han debido de dar el impreso para un mercante.
Tal como lo describe KikoCat, es lo normal. Saludos.
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Buena mar y vientos moderados. "El ocio es un estado natural y bendito, el trabajo una necesidad antinatural" (Dicho tailandés) |
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#627
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Hola a todos, os invito a un cafelito que bien entrará hoy.
Os expongo mi caso: Hace 7 años compré mi velerito de segunda mano. Habia estado gestionado por una empresa de charter en Mallorca y tenia panellón aleman. En aquel momento, ignorante de todo lo que conllevaba el pabellón español, una gestoria me tramitó el cambio de pabellón. Ahora luzco con resignación un pabellón con el que ni me identifico ni con el que me sienta agusto por todos los inconvenientes que todos sabemos. Mi pregunta es: Sabeis si es posible revertir el cambio de pabellón? Gracias |
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#628
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Utiliza el buscador y verás toda la polémica.
Te resumo: ¿Eres residente en España? Entiendo que sí, porque tienes pabellón español. Pues posible es. Legal... Hay opiniones, según la interpretación que dan algunos por aquí, no ( y no discutas porque no lo permiten). Pero lo cierto es que la interpretación de la DGMM que es quien autoriza, es que si que puedes. Una vez fuera del pabellón español no pueden hacer nada, ya que no podrán relacionar tu barco (ya sin matrícula) con el que un día fue español. Y en el peor de los casos, muy improbable (para mi, imposible), lo único que habría que hacer sería volver a pagar tasas y matricular de nuevo en España. Merece la pena. En un año, la amortización en material que te ahorras está garantizada. Saludos. |
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#629
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Cita:
Mas o menos es como te dice KicoCat, pero con matices. La Ley es la Ley. Y esta muy claro que, por un lado, la Ley mantiene con caracter general la obligacion de matricular (apartado 1 de la Disposicion Adicional Primera de la Ley de Impuestos Especiales). Y tambien esta muy claro que la exencion de la obligacion de matricular (apartado 2 de la Disposicion Adicional Primera de la Ley de Impuestos Especiales) solo es aplicable para barcos que se importan con la bandera europea ya puesta. Otra cosa es que, tal como te dice KikoCat, las capitanias y algun organismo de la DGMM han hecho algunas manifestaciones dando a entender que aceptan los cambios de bandera. ¿Porque lo haran asi? ¿Porque han ido mas alla de la reforma legal? ¿Quiza porque no han entendido bien la reforma legal (que, de hecho, es bastante confusa y mal hecha)? ¿Porque, tal como te dice KikoCat, son conscientes de que les costara distinguir si un barco estuvo o no matriculado, y, en consecuencia, se rinden? ¿Porque total, si algunos residentes pueden llevar barcos con banderas europeas legalmente, para que van a ponerse a perseguir a los que -simplemente por la casualidad- no pueden? ¿Por algun otro motivo? ¿Perdurara mucho tiempo este regimen de permisividad? ¿O se despertaran un dia y empezaran a acosar a los que hayan cambiado de bandera a la brava? Quien sabe. El caso es que, hoy por hoy, las capitanias hacen caso omiso del apartado 1 de la DA1 de la LIE y parecen haber asumido -como si fuera legal- que se puede dar de baja la bandera y abanderar en algun pais europeo. |
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#630
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Perdón por mi falta de conocimiento o antecedentes de este post. He leido el inicio y siempre se habla de banderas francesas, belga u Holandesa. Alguien me dice si existe algún inconveniente con la Inglesa? lo pregunto porque es la que yo llevo y conservé tras la compra de un barco allí. Gracias y Feliz Año Nuevo a todos!!!!
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#631
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Una duda, si bajo pabellon belga, voy navegando y haciendo el curri con dos cañas de pescar, la GC me puede pedir la licencia de pesca ?????? creo que no pero aqui hay muchos que saben mucho y hay que aprovecharse je je Feliz 2013
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www.kailoa.blogspot.es[/url] ESP-9429 MMSI POL 261000281 - Call Sign SPA2244 Socio Fundador de ANAVRE |
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#632
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Claro que puede. ¿Estás pescando en aguas españolas o belgas?
![]() De todas formas, date un paseo al Prop, te la hacen al momento y es gratis y eterna para jubilatas. Y te vale para pescar desde el rompeolas, aunque aquí no hace falta, pero sí en otra autonosuya. Edito: Y si no, por control remoto (Internet). No me he dado cuenta de que ahora no estoy en Burriana. ![]()
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Saludos, Carlos ************************ ![]() Boating is not a matter of life and death. It's more than that. (Manny Adan "in memoriam") Socio fundador de ANAVRE nº 155 http://www.anavre.com/ http://inmenurecetas.webcindario.com Editado por Kane en 31-12-2012 a las 22:19. |
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#633
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La pesca está legislada en cada país y sus licencias y permisos son privativos para las aguas territoriales. Por lo tanto, independientemente de la bandera que lleves, necesitaras licencia de pesca española en nuestras costas.
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#634
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En la comunidad valenciana, en el prop dice que la embarcación debe estar inscrita en la lista que corresponda.
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#635
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Cita:
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#636
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Gracias a todos, estaba confundido y equivocado, asi que a tener la licencia localizada, ja ja ja, gracias
Pero sigo con mis dudas, ya que al navegar por aguas españolas con bandera belga, no me veo obligado a la normativa española en cuanto a la embarcacion, y en cambio en lo referente a la pesca si ?????![]()
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#637
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Cita:
El barco se rige por la normativa belga (articulo 10.3 del Codigo civil). Pero la actividad de pesca la regula el Estado hasta 200 millas de la costa (Convencion de las Naciones Unidas sobre derecho del mar), y solo la autoriza a quien le da la gana. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Tupac A. | ||
kAILOA (01-01-2013) | ||
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#638
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Gracias Tupac A, por compartir tus conocimientos, saludos
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Tupac A. (01-01-2013) | ||
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#639
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Cita:
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a jiauka | ||
kAILOA (01-01-2013) | ||
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#640
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Cita:
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"My boat is my island" |
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Tupac A. (01-01-2013) | ||
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#641
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Cita:
![]() Salud y ![]()
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![]() El cruce del Atlántico y posterior estancia en el Caribe de El Temido lll (2014/2016) http://foro.latabernadelpuerto.com/s...d.php?t=145184 |
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#642
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Y, mas importante que eso (salvo que tengas otros planes), el seguro tiene que ser admitido por la normativa española. En concreto, tiene que poner en español que cumple las exigencias del Real Derecto 607/1999.
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#643
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Y si te saltas las boyas de Castellón, también, aunque tengas licencia para matar.... peces y seas agente secreto belga.
![]() Cita:
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Kane | ||
kAILOA (02-01-2013) | ||
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#644
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El seguro, español. El de Sergio Ponce va bien, me lo han pedido unas pocas veces.
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#645
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Confirmo , el de Sergio no da problemas ,
Por cierto no es solo la pesca lo que se rige por las normativa Española , el MARPOL tambien , o sea que del tanque KK y de su uso no se libra NADI De las aguas de sentina , ni os digo ![]() ![]() |
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#646
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Y como pueden revisar el tanque kk si no se pueden subir a bordo? ¿Y entonces un guiri cuando viene de vacaciones a España tiene que instalarse uno? Más bien yo creo que simplemente tienes prohibido verter sustancias al agua, acorde con la normativa española, pero el material (tanque kk) es obligatorio sólo a los inscritos en España. Digo yo.
Saludos. |
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#647
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Un WC portátil y tanque de KK a la KK. No sabes de lo que te libras. Aunque lo tengas instalado y lo quites.
Conozco a uno que se lo pusieron y cuando se dieron cuenta del fregao lo anularon y lo transformaron en tanque de agua dulce para así, además, equilibrar el de la otra banda. Debieron hacerlo bien, porque el agua está clarita y huele bien, mejor dicho, no huele a nada . Porsiaca, un poco de lejía de vez en cuando. Pero qué tranquilidad saber que no llevas eso a bordo.Editado por Kane en 02-01-2013 a las 21:07. |
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#648
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Ojito con el tanque KK, porque en las aguas territoriales ESPAÑOLAS es OBLIGATORIO.
Esto está englobado en la normativa MARPOL y es de obligado cumplimiento sea la bandera que sea. De hecho, está prohibido entrar en Turquía ahora si no llevas tanque kk; es más, te dan una tarjeta que te van sellando cada vez que lo vacías en un punto autorizado para demostrar que estás cumpliendo la normativa. Es cierto que en principio, aquí en nuestras aguas, la GC no se va a meter con esto, pero porque no quieren. Si quisieran, podrían pedir a cualquier buque, español o no, demostrar que lleva la instalación para recogida de aguas negras/grises al día y en perfecto estado de utilización. Si buscáis en foros ingleses o alemanes, veréis como los navegantes que vienen para el MED, aunque no sea obligatorio suelen instalar el tanque en sus barcos. Y la mayoría, aunque sea por civismo, lo llevan en sus aguas territoriales también.
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Mi blog en: Sailing Florence May. |
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kAILOA (02-01-2013) | ||
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#649
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Cita:
O sea, que si tu barco tiene un arqueo menor de 200 TM y esta autorizado para transportar 10 o menos personas, no tienes problema. PD. No conozco bien el Marpol, y ahora no tengo tiempo de estudiarlo, pero me da la impresion de que cuando dice "transportar", no esta hablando del patron, su familia y amigos, sino de transportar mediante un contrato de transporte. Si es asi, los barcos de recreo quedarian todos fuera. ¿Hay alguien por ahi que sepa un poco de esto y pueda informarnos? PD2. Con independencia de lo que diga el Marpol, un Estado puede imponer normativa mas estricta y extensa a los barcos que navegan bajo su bandera (como, por ejemplo, hace el Estado español, que impone a todos los barcos con pabellon español reglas de tanquekk mas estrictas que el propio Marpol). O sea, que habra que ver la normativa propia en cada caso. En resumen, que parece que vamos bastante "pez" en este tema. Editado por Tupac A. en 03-01-2013 a las 00:08. |
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#650
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Gracias Tupac por las aclaraciones al respecto.
Pero es cierto lo que digo, en Turquía ya están super estrictos con eso, y he oido que en Grecia están implantado el mismo sistema o lo piensan implantar para esta próxima temporada, pues parece que el abuso en los vertidos de los barcos (pensemos que allí hay muchísimo más charter que aquí) está matando lentamente a la gallina de los huevos de oro.
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