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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#13
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Lo rojo quiere decir que tu comunidad autonoma debe dar permiso a la empresa que vas a constituir para realizar la actividad de alquilar la embarcacion que esta adscrita a la empresa.
Lo azul, pues eso, que todo el que te vea dira que eres un cara dura por llevar lista 6ª aunque bien podrias haber pagado todos los impuestos. Si al final te decides, contrata a algun experto en temas fiscales mas que nauticos. En cuanto tengas todos los permisos (cosa bastante dificil) hacienda te va a hacer un inspeccion. Gente con trajes verdes, azules y de Armani iran a por ti. Si hay anuncio de mal tiempo y en la entrada del puerto hay mas trafico de barcos que an la salida de Madrid el uno de agosto, solo te pararan a ti. Si tienes intención de navegar de extranjis en el barco te van a pillar fijo y te emplumaran. Si te ven en puerto pasando la fregona te pediran papeles. Hay inspectores de incognito de hacienda, guardia civil y aduanas. Te ven un dia en el barco y empiezan a hacerte preguntitas de novato y que si pueden subirse a verlo y tal. Al final se enteran de algo que te puede comprometer, te sacan el "carnet" de tocapelotas y te vuelven a emplumar. En fin...si te vas a dedicar al negocio del charter perfecto. Si tienes una titulacion profesional tambien puedes navegarlo siempre que sea trabajando. Patron de cabotaje minimo. Si lo vas a matricular con la excusa de hacer charter fuera de las aguas territoriales españolas bien. Ahi nadie te dirá que no puedes navegar en el barco. Aunque tendras que presentar facturas y hacer liquidaciones trimestrales de IRPF. Pasados 4 años podrás pasarlo a lista 7ª. Si lo dejas a nombre de la empresa no tienes que pagar nada. Si lo pasas a tu nombre igual tienes que pagar el 4% del valor del barco en ese momento, pero de esto ultimo no estoy seguro. Un saludo y si puedes y aun no tienes barco dedicate a otros menesteres. A la larga tu salud fisica y mental te lo agradeceran. Javi |
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