Cita:
Originalmente publicado por Rascayus
No necesitas nada. Ya no hace falta el certificado de libre disposición. Es como si llevaras una bicicleta o una tele en el barco, con poder demostrar que es tuyo sobra, y para eso con un contrato de compraventa es suficiente. Ya no tienes que hacer acople ni darlo de alta ni nada.
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Gracias Rascayus

. No hace falta pues tampoco ningún otro papel del importador del motor ni por el estilo, no?
Mi intención es con el contrato de compraventa que comentas es liquidar el impuesto de transmisiones del 4%, lo ves esto necesario o seria perder tiempo y dinero el hacerlo?
