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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Muy buenas Tardes Cofrades,
Es mi primera entrada en un tema, y la verdad es que tengo un poco de lío a ver si me podéis echar una mano y que no sea al cuello .He leído muchos hilos con este tema pero no me acabo de aclarar que beneficios tiene y si tengo que hacer algún trámite más. Me acabo de comprar un barco con bandera Holandesa, he pagado el impuesto para el cambio de titular trasmisiones. y me disponía a dirigirme a la gestora para que me hiciera el cambio de bandera a española, y leyendo el foro , he parado el tema, ya que muchos cofrades habláis maravillas con que el barco tenga banderas , belga, holandesa, etc,etc,. Me podríais decir que beneficios tiene en este caso tiene la holandesa por bandera? y si tengo que hacer algún trámite en el país de origen, para reflejar este cambio de titular?? Y ya de paso si cuando tenga algún encuentro en la tercera fase con la Guardia Civil me puede decir algo o perdirme algun tipo de papel que desconozca,. Muchas gracias a todos, y rondas por doquierª!!! ![]() ![]() un abrazo Saul |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Saul | ||
SERENO (21-09-2014) | ||
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#2
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La guardia civil? No tiene porque acercarse a tu barco, no tienen jurisdicción. Tampoco tienes que pasar ITB, no tienes zonas de navegación, etc etc. Si pones bandera española lo lamentarás toda la vida. Sobre todo tu, que con bandera holandesa de origen cumples la ley a rajatabla.
Sólo tienes que pasar por hacienda a pagar el impuesto correspondiente... Suerte
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"My boat is my island" |
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#3
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Pero ademas de lo que dice el cofrede astrolabio68,y muy importante, tendras que cambiar la embarcacion de propietario en Holanda, que no se como se hace .
Hay un post de listado de barcos con bandera extranjera, entra en el y al que prefieras que lleve bandera holandesa preguntale, saludos ![]()
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www.kailoa.blogspot.es[/url] ESP-9429 MMSI POL 261000281 - Call Sign SPA2244 Socio Fundador de ANAVRE |
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#4
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Saul | ||
astrolabio68 (12-02-2013) | ||
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#5
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#6
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hola saul! hola cofrades!![]() y hola tabernero!!![]() estoy con el mismo proceso que tú, espero solucionarlo en 60 horas si tooo va bienn. Y en cuanto lo sepa lo pongo aqui mismo,,,, agradecería tambien, saber si lo has podido resolver o te han puesto alguna traba, porque dudo que te pongan una mahou bien fríaaa. Soy todo oídos, y con esto y un bizcocho hasta el lunes a las ocho...... Se despide un novato de mucho cuidao ,,,eso sí , deseando colaborar de alguna manera en cualquier problema que os surja,,,,Salud camaradas!!! y tragad rápido que las birras se calientan ![]() ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a bobbysea | ||
Shamal (16-02-2013) | ||
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#7
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Que fácil sería, por ejemplo, el tráfico de drogas si con una bandera extranjera no pudieran registrar tu barco, en las mismas condiciones y circunstancias que si tuviera bandera Española. Saludos. |
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#8
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Lo se, me referia a pedirte chalecos, extintores y demás. Pero gracias por la precisión, estuve por hacerla tras redactar el mensaje pero no me pareció necesario.
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"My boat is my island" |
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#9
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No creo que nadie esté tan loco como para ir por ahí sin chalecos o extintores, o si?
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#10
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#11
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Estoy comprando un barco usado en Holanda. Por lo que veo tiene ventajas mantener la bandera holandesa. En cuanto a impuestos entiendo que hay que pagar el Impuesto de Matriculacion en España de acuerdo con las tablas de Hacienda, al ser residente español. Sin embargo, al ser una transmisión en Holanda, ¿hay que pagar el ITP?
Gracias |
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#12
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Buenas rondas para todos
Si se adquiere un barco de bandera holandesa 1) si eres residente en España, tienes que liquidar el ITP, un % que varía según la CCAA 2) Dependiendo de que registro tenga el barco adquirido, el trámite es sencillo. Si está abanderado en el RDW (ahora dudo con las siglas, es la hora!) implica poderes notariales o presentarse en Holanda. Si es en lo que se suele llamar el "light register", sencillo Tener bandera de otro país europeo te exime actualmente de pasar las inspecciones periódicas españolas y todo se rige por la ley de bandera: titulación del patrón, medidas de seguridad, etc... Cualquier duda, encantada de echaros un cable ![]()
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~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~~ Guiral Asesoría Náutica (NIF: 38.085.879-H) Av Mistral 10, ent7 08015 Barcelona 629 54 57 94 info@guiralnautica.com |
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#13
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Gracias.
Para la liquidación del ITP, ¿se emplean tablas de valoración de Hacienda o el valor del contrato de compraventa, o el mayor de los dos? Saludos |
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#14
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¿Alguien me sabría decir la diferencia de coste de la matrícula en Holanda y Bélgica?
Muchas gracias. |
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#15
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Hola Matalpa Si el barco está tasado por Hacienda, debería hacerse por un valor como mínimo igual al de Hacienda, no inferior, salvo que el mal estado del barco (demostrable posteriormente) justifique esa diferencia de precio. No solamente se han de tener en cuenta las tablas, los precios de mercado también se usan como referencia a la hora de una posible inspección. ![]()
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#16
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El problema de esto es que si quieres tener una posibilidad de ganar en el procedimiento de revisión tienes que incurrir en una serie de gastos de profesionales (abogado, perito) que pueden hacer que te cueste más la salsa que el pollo. Aparte del malestar que le produce a muchas personas el tener un procedimiento de revisión abierto de revisión de tributos. Por otra parte ten en cuenta que para calcular el valor del barco tienes que sumar el del casco y el del motor. Son tablas distintas.
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drugstore-catalog.com Editado por Nonick en 24-07-2014 a las 14:05. |
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#17
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#18
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Pues tienes que calcular el valor de mercado. Y a la pregunta de cual es el valor de mercado, la respuesta es (y no es broma) el valor que un conjunto de partes independientes y libres estén dispuestos a fijar en sus transacciones sobre ese bien.
Ahora vienen las mil y una cuestiones: si no hay mercado, si las partes no son independientes, si no hay multitud de transacciones... Contestar a esto se ha llevado mil y un tratados, artículos y comentarios. El resultado es que la determinación de la base imponible en el ITP y AJD es una perfecta gilipollez (¿se puede decir gilipollez en esta taberna?) Y a lo práctico: búscate un barco similar que si aparezca en las tablas y úsalo como referencia. O vete directamente al precio de compra.
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drugstore-catalog.com |
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#19
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Hola a todos y unas birras
![]() ![]() ![]() No se si es este el sitio adecuado para preguntarlo.Me han regalado un velero de 9.3 mts con la ITB caducada hace tres años. Quiero pasarlo a bandera Holandesa y pregunto: Tengo que ponerlo a mi nombre y luego pedir la baja ó puedo solicitar la baja con cambio dede propietario? Agradezco vuestras sugerencias... Tabernero ronda para todos que estan secos.. ![]() ![]() |
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#20
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Felicidades, buen regalo si esta bien ![]() |
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#21
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Gracias Golden Dreams, unas
![]() ![]() para todos.El caso es que el antiguo dueño es marino de altura y estara fuera unos cinco meses y claro.. me gustaria dejarlo legal lo antes posible. Por eso preguntaba si lo puedo hacer yo, el pedir la baja solo con el contrato de compra o hahacer el cambio de dueño y pedir la baja. Otra pregunta: para solicitar la baja no la podria solicitar yo como nuevo propietario?(con el contrato y la documentacion) Ronda para todos ![]() ![]() |
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#22
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#23
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Cita:
Sino para evitar el ostracismo de nuestra legislación El 14/7 me caducaba la ITB , y el día 10/7 ya tenía, bandera holandesa pero llame al inspector de la anterior y le pedí la ITB (-puso cara de poker -con dto off corse) por no serme obligatoria ). Si pasa algún percance mi Seguro pondrá menos trabas si está al día
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Manel - EA3CBQ Socio fundador Anavre n° 15 de Baja por en crisis económica ?? |
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#24
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Gracias por vuestras respuestas.
Alguna sugerencia sobre profesionales para el cambio de bandera a Holandesa? ![]() ![]() |
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#25
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Cita:
, mira arriba![]() ![]() ![]() |
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Ver todos los foros en uno |
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