![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
#13
|
||||
|
||||
|
Hola, como profesional del sector voy a comentar algo al respecto, ya que he leido el hilo...
De los primeros mensajes, decir que es un timo 14 ó 15 pavos por un extintor de 2Kg. de polvo ![]() ![]() , (yo cobro 5, 6 ó 8, dependiendo , logicamente del numero de aparatos).Tambien decir que si que es lógico la revision anual, esto es, como ejemplo, las ruedas de un coche llevan mas o menos 2 kilos de presión, y aunque no estén pinchadas, todos sabemos que al cabo del tiempo se acaban desinchando..., pues pensemos ahora en un extintor, que lleva minimo 15 Kg de presion, pues cualquier aparato a presion, aunque en el momento tenga una pequeña fuga indetectable, imaginemos al cabo de un año..... El retimbrado, es una prueba de presion hidráulica que hay que hacer cada 5 años. Esta prueba consiste en vaciar el extintor, llenarlo de agua y someterlo a una presion que oscila entre los 23 y los 28 kilos de presion, para detectar posibles deformaciones en la estructura, fruto de la corrosión y demas... De otro mensaje: la mayoria NO son de botellin de CO2 interior, si no que son de presion incorporada (nitrógeno seco). De lo que se dice de quitar el pasador y "disparar despues de sacar el botellin de CO2", como dispares el extintor sin el botellin, no va a pasar absolutamente nada, ya que no hay presion de disparo, para comprobar lo de la "aguja percutora" (manómetro), es otro procedimiento totalmente diferente. Tambien decir que como se ha comentado, hacer la revisión tu mismo no es legal, lógicamente se pide que lo haya echo una empresa autorizada. De lo que se comentó de: "Revisión con pegatina en el extintor, "0" euros. Revisión con pegatina y certificado donde aparece armador y barco, "5" euros.", no es asi, la revisión con la pegatina de empresa autorizada no tiene nada que ver con hacer aparte un "certificado", la revisión es la revisión, y si quieres que te lo certifiquen en papel a parte, no es mas que hacer constar en un papel el trabajo que se ha echo, pero con tener la pegatina en el extintor, es suficiente para saber que se le ha echo le revision. Del último mensaje que se dice que parece ser obligatorio el contrato de mantenimiento, no es obligatorio, simplemente el contrato es para que cliente y empresa tengan una relacion obligada durante lo que estipule el contrato, como la permanencia en los móviles, mientras esté vigente el contrato, esa misma empresa llevará el mantenimiento y no otra diferente, simplemente es para que no se cambie de empresa/cliente. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a peibol306 | ||
imososinease (03-10-2013) | ||
|
|