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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#17
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Yo creo que es un título profesional, y que solo sirve para embarcaciones de lista 6ª y 7ª con pabellón español -salvo que algun país lo reconciera-:
Viene publicado en este BOE, 'por el que se regulan las titulaciones profesionales de la marina mercante' http://www.fomento.es/NR/rdonlyres/C...3nPPER2009.pdf Y tiene estas atribuciones: 4.Los poseedores del certificado de especialidad de patrón profesional de embarcaciones de recreo, tendrán las siguientes atribuciones: a) Gobierno de embarcaciones matriculadas en la lista sexta o séptima, siempre y cuando no lleven más de 12 personas, incluida la tripulación, en las zonas y condiciones que determine la Dirección General de la Marina Mercante. b)Actuar de instructor en las prácticas básicas de seguridad y de navegación para la obtención de las titulaciones de patrón para navegación básica y patrón de embarcaciones de recreo ![]() |
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