Re: Prescribes las sanciones de costas.
Cop de mar, por lo que escuetamente cuentas, parece que te pusieron una sanción. Que una vez firme ésta, seguiste alegando algo, por lo que te contestan que debes ir al tribunal. Parece ser que no lo hicieste.
Una vez firme, está en vía ejecutiva el cobro de la sanción.
La prescripción es de cuatro años, la cual se interrumpe por cualquier acción de la administración tendente a cobrarla (o tuya tendente a pagarla o reconocerla).
Si el embargo de los 100 lereles fue hace mas de cuatro años, está prescrita. Si te han notificado algo (aunque sea por boletín, si no han podido hacerlo personalmente) se interrumpe la prescripción y a empezar a contar los cuatro años.
Un saludo y suerte.
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