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Antiguo 22-11-2013, 21:15
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Predeterminado Re: El Consejo de Ministros aprobará hoy el Proyecto de Ley de Navegación Marítima

Vaya chasco como lo que se decía de que un per o un PY podrían ejercer profesionalmente con una habilitación si se limita a esto:

Disposición adicional primera. Gobierno de embarcaciones de la Lista 8a con titulaciones de recreo.
La Dirección General de la Marina Mercante, a través de las capitanías marítimas, podrá autorizar a los poseedores de los títulos objeto de esta orden para el gobierno de embarcaciones inscritas en la Lista 8a con sujeción los siguientes requisitos.
1. Que presten servicios, remunerados o no, en organismos, asociaciones, entidades públicas u organizaciones humanitarias sin ánimo de lucro.
2. Que la actividad de la utilización de las embarcaciones tenga como finalidad la realización de actividades de carácter humanitario, científico, de seguridad u otros de igual naturaleza.
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Salat
Cenachero (27-11-2013)
 

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