![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
#11
|
||||
|
||||
|
Al hilo de lo que comentaba Boston, el último mono aporta su granillo de arena en esta historia.
La solicitud de baja de bandera no solo se puede rellenar e imprimir, sino que puede entregarse con firma electrónica (certificado o dni-e), pagando además la tasa por medios electrónicos (con cargo directo en cuenta). O sea, que no hay que pasar por ninguna Capitanía para entregar la documentación. Es un poco latoso, porque no han actualizado la sede para que funcione con la última máquina virtual Java y tiene algunas restricciones de navegadores, pero cualquiera que briegue un poco con ella termina consiguiéndolo (yo tardé unas horillas el pasado sábado por la tarde) ¿Ventajas? Se supone que tienes el seguimiento de tu solicitud (sabes en que punto del trámite está) y, por otro lado, llega directamente a la DGMM (no tiene esperas en las mesas de ninguna Capitanía). El documento deben hacértelo llegar a casa (es optativo, con la ventaja de que queda constancia de que has pedido eso). Recuerdo que hay una legislación comunitaria que obligó a la creación de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, que obliga a la administración a ofrecer estos servicios (DESDE 2007 ). No se trata sólo de coger el documento e imprimirlo en casa, para pasar luego la cola de siempre, es que se puede hacer EN casa. Cita:
__________________
La mar no sufre necios, ni perezosos; porque conviene al que allí anda, ser muy vivo en el negociar, y diligentísimo en el navegar |
|
|