Las
vías fluviales tienen sus propias titulaciones y por ejemplo en Bélgica no es necesaria la titulación para navegación marítima y sin embargo si lo es para la navegación fluvial.
En centroeuropea tienen una serie de convenios entre países,no sólo para las titulaciones y la navegación sino incluso para la construcción de buques fluviales.Hay una Directiva Comunitaria de 1976 que recoge esto para su aplicación a los países miembros de la CEE ( por cierto no transpuesta por España a la legislación interna y por tanto de aplicación directa,-pero esto es otra historia)

